Imagen de recurso | Foto: Humphrey
Dañar la reputación de tu empresa en TikTok mientras estás trabajando te puede costar el despido, y la justicia balear acaba de dejar claro que es totalmente legal.
Por A. Lagar | 6 de julio de 2026
Subir contenido a internet parece inofensivo, pero hacerlo enseñando las tripas de la empresa donde trabajas es una línea roja.
El Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears acaba de dictar una sentencia que sirve de aviso para navegantes.
Olvídate de las normas del siglo pasado; la justicia se adapta a la era digital y vigila muy de cerca lo que haces con el móvil en la mano mientras estás trabajando.
Un camarero de hotel pensó que era buena idea grabar un vídeo para su cuenta de TikTok en mitad de su jornada laboral.
En el clip detallaba cuestiones internas del negocio y se quejaba de sus condiciones económicas.
La empresa no tardó en reaccionar y le notificó el despido disciplinario el 14 de mayo de 2024.
El trabajador llevó el caso a los tribunales alegando que la medida era exagerada, pero la justicia le ha quitado la razón.
¿Por qué es legal el despido por un vídeo de TikTok?
La clave del fallo judicial está en el uso de herramientas de la empresa y la difusión de datos confidenciales.
El empleado no se limitó a dar una opinión personal, sino que mostró la pantalla del Terminal Punto de Venta (TPV), que es el sistema interno de gestión y cobro del hotel.
A través de esa pantalla, desveló los márgenes de beneficio del establecimiento.
Explicó que un café que a la empresa le costaba 0,20 euros se vendía al público por 5 euros.
Al mismo tiempo, aprovechó el altavoz de la red social para quejarse de que su sueldo era de 1.400 euros, calificándolo de precario.
Los magistrados detallan que la combinación de criticar los precios, airear el salario y mostrar el software propio rompe por completo la buena fe contractual y la confianza que debe existir entre empleado y empleador.
El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 54, ampara el despido disciplinario ante incumplimientos contractuales graves.
¿Qué argumentaba el trabajador?
El camarero se defendió en el juicio exponiendo que el hotel no aparecía identificado de forma explícita en la grabación y que la empresa no había sufrido un perjuicio económico directo o cuantificable.
Además, argumentaba que, en el peor de los casos, la dirección tendría que haber aplicado una escala de faltas menor antes de llegar al castigo más duro, que es la extinción del contrato de trabajo.
Sin embargo, el tribunal de primera instancia y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears han tumbado estos argumentos.
Los jueces sostienen que el vídeo sí permitía identificar a la compañía y que provocó un impacto negativo en su imagen comercial, su prestigio frente a los clientes y su credibilidad exterior.
No hace falta que un negocio pierda miles de euros en caja de forma inmediata para que se considere que su reputación ha sido dañada.
¿Cómo afecta esta sentencia a lo que subes a internet?
Este caso marca un criterio muy claro sobre los límites de la libertad de expresión dentro del ámbito laboral.
La Sala explica que la resolución no se ha tomado de forma automática ni aleatoria.
Los magistrados analizaron al detalle el contexto del vídeo, el alcance potencial en la red social, la gravedad de los hechos y la afectación directa a la imagen del negocio.
Grabar contenido despectivo hacia tu propia empresa utilizando su tiempo y sus herramientas informáticas es motivo suficiente para que te manden a casa sin indemnización.
Aun así, este proceso judicial no ha terminado de forma definitiva.
El empleado todavía tiene la opción de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo para intentar que este órgano revise la resolución dictada en Baleares.