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El BOE publica el XXIII Convenio de vidrio y cerámica que cambia las tablas salariales, aumenta el poder adquisitivo frente al IPC y elimina el Grupo 1 para mejorar la base del sector.
Si trabajas en una cantera, en una fábrica de azulejos, en una cristalería o en el comercio de estos materiales, saca la calculadora. El nuevo convenio para las industrias extractivas, vidrio y cerámica ya es oficial y no es un cambio cualquiera: trae una reestructuración de las categorías profesionales, una lluvia de atrasos y nuevas normas de conciliación que te interesa conocer.
El fin del Grupo 1: ¿Qué pasa con los peones?
Uno de los movimientos más potentes de este XXIII Convenio es la desaparición del Grupo Profesional 1. Con efectos desde el primer día del mes siguiente a la publicación del convenio (mayo de 2026), todos los trabajadores que estaban en el Grupo 1 promocionan automáticamente al Grupo 2.
Esto significa que actividades como el etiquetado manual, la limpieza de locales o la carga simple ahora tienen una base salarial superior y mejores perspectivas de carrera. Es un «empujón» directo para los puestos más básicos del sector.
El mapa del dinero (2025-2026)
El convenio establece una subida del 3% para 2025 y un 2,5% para 2026, además de una cláusula de actualización técnica del 2,3% para cerrar compromisos anteriores.
Tabla Salarial 2026 (Valores actuales)
| Grupo Profesional | Salario Base Diario (€) | Salario Anual Total (€) |
| Grupo 7 | 46,21 | 23.495,15 |
| Grupo 6 | 42,03 | 21.593,25 |
| Grupo 5 | 38,88 | 20.160,00 |
| Grupo 4 | 36,12 | 18.904,20 |
| Grupo 3 | 33,94 | 17.912,30 |
| Grupo 2 | 33,25 | 17.598,35 |
| Grupo 1 | Integrado en Grupo 2 | 17.480,05* |
Ojo a los atrasos: Si tu empresa tiene más de 50 trabajadores, debe pagarte los atrasos de 2025 en el mes siguiente a la publicación en el BOE. Si es una PYME de menos de 50 empleados, tienen hasta tres meses.
SMI en el nuevo Convenio de vidrio y cerámica
Para 2026, se fija un Salario Mínimo Garantizado por día (que ya incluye el plus de asistencia):
| Grupo Profesional | Salario Mínimo Garantizado (Diario) |
| Grupo 7 | 51,64 € |
| Grupo 6 | 47,46 € |
| Grupo 5 | 44,31 € |
| Grupo 4 | 41,55 € |
| Grupo 3 | 39,37 € |
| Grupo 2 | 38,68 € |
| Grupo 1 | 38,42 €* |
*Nota: El Grupo 1 desaparece tras la publicación del convenio, integrándose sus trabajadores automáticamente en el Grupo 2.
Complementos que «engordan» tu nómina
No todo es el salario base. El convenio actualiza los extras que marcan la diferencia a final de mes:
- Plus de Asistencia (2026): Sube a 8,82 € por día efectivamente trabajado (unos 2.469 € al año si no faltas).
- Plus de Turnicidad: 4,99 € por día en el cuarto turno.
- Plus de Domingos y Festivos: 12,53 € por cada festivo trabajado.
- Nocturnidad: Un recargo del 25% sobre el salario base.
- Ayuda Escolar: 9,98 € mensuales por cada hijo entre 1 y 16 años.
- Kilometraje: Sube a 0,42 €/Km si usas tu coche para la empresa.
Vacaciones y Días Libres: Así queda el descanso
La jornada anual se mantiene en 1.747 horas para 2025 y 2026, pero bajará a 1.744 horas en 2027.
Novedades en Permisos (Licencias Retribuidas)
- Matrimonio / Pareja de Hecho: 15 días naturales.
- Fallecimiento: 3 días (4 si hay desplazamiento).
- Accidente o Enfermedad Grave: 5 días (incluye cónyuge, pareja de hecho y convivientes).
- Médico: 16 horas al año (8 pueden ser para acompañar a hijos menores de 14 años o dependientes).
- Fuerza Mayor: Tienes derecho a 4 días retribuidos al año por motivos familiares urgentes e imprevisibles.
Desconexión Digital
El convenio estrena un capítulo sobre Derechos Digitales. Las empresas están obligadas a elaborar una política de desconexión. Salvo «imposible dilación» (urgencias extremas), tienes derecho a no responder correos ni llamadas fuera de tu horario, durante tus vacaciones o días libres. Además, si teletrabajas y no hay un acuerdo específico en tu empresa, te deben pagar una compensación de 35 € brutos al mes.
El Protocolo «Anticatástrofes»
Tras los últimos eventos climáticos extremos, este convenio incluye el Artículo 131. Si hay una alerta de riesgo grave e inminente (DANA, olas de calor extremo, nevadas), la empresa debe informar de inmediato y los trabajadores tienen derecho a interrumpir la actividad y abandonar el lugar de trabajo sin miedo a represalias si su salud corre peligro.
Entrada en vigor y próximos pasos
La aplicación de estas tablas salariales y la reclasificación de los trabajadores del antiguo Grupo 1 es de obligado cumplimiento para todas las empresas del sector bajo el ámbito estatal. Con la publicación en el BOE, se abre el plazo para el abono de los atrasos correspondientes y la adaptación de los calendarios laborales a las nuevas licencias y periodos de jornada anual. Las empresas y representantes deberán ahora supervisar que el ajuste del IPC se ejecute según los tramos pactados para el cierre del ejercicio.