Recreación digital de recurso
En derecho penal no basta con haber participado en un mismo delito para recibir el mismo castigo.
Por A. Lagar | 24 de junio de 2026
La Sentencia 418/2026 del Tribunal Supremo condena a la cúpula del Ministerio de Transportes con penas que, sumadas, rozan los 24 años de cárcel para José Luis Ábalos.
Sin embargo, por los límites legales de cumplimiento, su tiempo efectivo en prisión se fijará en un máximo de 15 años, al igual que para su asesor Koldo García.
Por el contrario, el empresario Víctor de Aldama esquivará la cárcel gracias a una suspensión de la pena condicionada a trabajos sociales.
El peso de los delitos y el límite legal de 15 años
Si sumamos uno a uno los castigos que el Tribunal Supremo ha impuesto a José Luis Ábalos (por delitos como organización criminal, múltiples cohechos, malversación y tráfico de influencias), la cifra matemática alcanza casi los 24 años.
La ley penal es implacable con la autoridad que cobra por venderse: traicionar la confianza de un cargo público (nada menos que un Ministro del Gobierno) para enriquecerse y favorecer a terceros socava el recto funcionamiento de las Administraciones Públicas, un pilar básico del Estado democrático.
Sin embargo, en España existe el artículo 76 del Código Penal, una norma que prohíbe que una persona cumpla condenas de forma interminable mediante la simple suma aritmética de delitos.
Por ello, el propio Supremo aplica este precepto y establece expresamente que el límite máximo de cumplimiento efectivo en prisión, tanto para José Luis Ábalos como para Koldo García, será de 15 años.
Koldo García, el «cooperador necesario»
El asesor del exministro se enfrenta a ese mismo límite de 15 años entre rejas.
Durante el proceso, su defensa intentó diluir su responsabilidad alegando que él no tomaba las decisiones finales. Pero el Supremo le aplica la figura penal del «cooperador necesario».
En lenguaje normal para que nos entendamos, esto significa que, aunque tú no seas el autor intelectual que firma las órdenes, si tu aportación al plan es «muy significativa» y esencial (buscando chalés, entregando el dinero o coaccionando a otros directivos para enchufar personal), sin ti el delito no se habría cometido.
Por tanto, a ojos de la Justicia, mereces el mismo reproche que el líder de la trama.
El comodín de «tirar de la manta»: el premio a Víctor de Aldama
Aquí viene la parte que suele chocar a la opinión pública: ¿por qué el empresario corruptor, el que repartía los fajos de billetes, recibe un trato más benevolente?
La respuesta jurídica está en la «atenuante analógica muy cualificada de confesión y colaboración con la justicia».
Los delitos de «cuello blanco» y corrupción son increíblemente difíciles de probar porque se ejecutan en la sombra y bajo un muro de silencio organizativo.
El Supremo razona que compensa premiar a quien revienta ese muro desde dentro.
Aldama no solo confesó, sino que entregó su contabilidad en Excel (el archivo «20200326_MASCARILLAS.XLSX»), aportó contratos simulados que los investigadores desconocían y detalló el desvío de los fondos.
Al facilitar la instrucción, aportar datos veraces y ahorrar años de investigaciones, la ley obliga a rebajarle las penas de forma drástica, hasta en dos grados para los delitos más graves.
¿Por qué Aldama no pisa la cárcel? La polémica
Al aplicar estas rebajas por su colaboración, las penas individuales de Aldama quedan reducidas a condenas cortas (como 3 meses por algunos cohechos), abriendo la puerta a la suspensión extraordinaria de las penas privativas de libertad.
Pero el Supremo advierte que esto no es un perdón gratuito ni borra la desaprobación de sus actos de corrupción.
Se le concede la libertad condicionada a un plazo de 5 años bajo reglas estrictas: si vuelve a delinquir o no comparece semestralmente ante el Tribunal, irá directamente a prisión.
Además, para asegurar que devuelva algo a la sociedad a la que perjudicó, se le impone una condición indispensable de carácter retributivo: tendrá que realizar obligatoriamente trabajos en beneficio de la comunidad durante un año entero.