Recreación digital de recurso
El Supremo condena en León a la auxiliar de la residencia a prisión permanente por la extrema vulnerabilidad de la anciana de 98 años.
Por A. Lagar | 1 de agosto de 2026
¿Por qué el Tribunal Supremo ha impuesto la prisión permanente revisable?
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha corregido el criterio de las instancias anteriores y ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a la auxiliar de enfermería.
El alto tribunal ha estimado el recurso de casación del Ministerio Fiscal al aplicar el artículo 140.1.1º del Código Penal, que castiga el asesinato de personas especialmente vulnerables por razón de edad o enfermedad.
La Audiencia Provincial de León había fijado inicialmente la pena en 20 años de prisión por un delito de asesinato alevoso, fallo que fue confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Sin embargo, el Supremo entiende que la situación de la víctima exige la máxima pena prevista en el ordenamiento jurídico.
El fallo mantiene las indemnizaciones económicas fijadas anteriormente, además de la condena por un delito leve de lesiones de 360 euros de multa y 5.000 euros para cada uno de los diez sobrinos de la mujer fallecida.
¿Cómo ocurrieron los hechos presuntamente en la residencia de León?
Los hechos tuvieron lugar el 17 de agosto de 2022.
La auxiliar de enfermería recogió tras la cena a la anciana de 98 años, que padecía demencia y dependencia para sus necesidades básicas, para llevarla en silla de ruedas a su habitación.
Durante la atención en el cuarto, la acusada agredió presuntamente a la anciana con varios golpes en la cabeza y zarandeos.
Ante los gritos de la mujer solicitando que no le pegase, otra compañera acudió a la estancia.
El suceso motivó la llamada a los responsables del centro y a la Policía Nacional, requiriéndose asistencia sanitaria inmediata para la víctima.
Tras lo sucedido, la dirección de la residencia ordenó a la empleada que se cambiase de ropa y abandonara el recinto.
Fue en ese momento cuando presuntamente accedió al cuarto de enfermería, cogió del carro de curas un bolígrafo de insulina de la única residente que la requería y regresó a la habitación de la anciana para inyectársela mediante cuatro pinchazos.
¿Qué efectos tuvo la insulina y cómo se descubrió la intoxicación?
A la mañana siguiente, el personal del centro acudió a levantar a la residente y comprobó que no reaccionaba a ningún estímulo.
Tras ser trasladada de urgencia al hospital, ingresó en estado de coma como consecuencia directa de la intoxicación por insulina que no tenía prescrita.
La anciana falleció días después.
El tribunal destaca la forma en que se produjo la agresión, señalando que la víctima no tenía capacidad alguna de sospechar que una inyección administrada en el centro pudiera ser un ataque mortífero.
¿Qué argumentos jurídicos sostienen la aplicación de la alevosía?
La sentencia del Supremo subraya que la esencia de la alevosía reside en el uso de una conducta que elimina por completo cualquier posibilidad de defensa por parte de la víctima, neutralizando a su vez cualquier riesgo para la persona agresora.
El fallo concluye que inyectar insulina a una persona con las facultades mentales deterioradas y bajo los cuidados del personal de la residencia constituye una acción alevosa.
Al concurrir esa alevosía con la avanzada edad y la situación de desvalimiento psíquico de la mujer, el Supremo estima el recurso del Ministerio Fiscal y aplica el artículo 140.1.1º del Código Penal, imponiendo la pena de prisión permanente revisable.
Preguntas frecuentes
¿Qué condena ha impuesto finalmente el Tribunal Supremo a la auxiliar?
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo le ha impuesto la pena de prisión permanente revisable por un delito de asesinato agravado.
¿Cómo se produjo la muerte de la anciana en la residencia de León?
Falleció días después de ingresar en coma en el hospital tras recibir presuntamente cuatro pinchazos de insulina sin tenerla prescrita.
¿Qué pena había impuesto la Audiencia Provincial de León en primer lugar?
La Audiencia Provincial había fijado inicialmente una condena de 20 años de prisión por un delito de asesinato alevoso consumado.
¿Por qué ha elevado el Supremo la pena a la máxima categoría legal?
Por la situación de extrema vulnerabilidad de la víctima, que tenía 98 años, padecía demencia y dependía totalmente de los cuidados del centro.
¿Se mantienen las indemnizaciones económicas a la familia de la víctima?
Sí, la resolución mantiene las indemnizaciones de 5.000 euros para cada uno de los diez sobrinos de la víctima y la multa por lesiones.
