Imagen digital de recurso.
La Sala Civil del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de LaLiga contra la sentencia que declaró nula la decisión de su presidente de vetar al Real Madrid y al Barcelona en diversas votaciones. El organismo intentó excluir a ambos clubes de los órganos de control alegando un conflicto de intereses por su implicación en la ‘Superliga’, una medida que la justicia ha invalidado de forma definitiva.
Por: A. Lagar | 17 de abril de 2026
El conflicto se originó en tres reuniones clave del Órgano de Control de la gestión de los derechos audiovisuales, celebradas entre marzo y mayo de 2022. En aquel momento, el presidente de LaLiga impidió que los dos clubes participaran en la deliberación y votación de varios puntos del orden del día. El argumento esgrimido fue que su participación en el proyecto de la ‘Superliga’ generaba un conflicto de intereses incompatible con la gestión de los derechos del fútbol español.
Tanto el Real Madrid como el Barcelona demandaron a la patronal por vulnerar su derecho de asociación. Los clubes argumentaron que el procedimiento no fue imparcial, ya que fue el propio presidente quien formuló la recusación y, a su vez, quien decidió sobre ella, actuando como «juez y parte» en un proceso que debió quedar en manos de un tercero ajeno a la disputa.
Un fallo basado en defectos de forma y fondo
Tanto el Juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial de Madrid ya habían dado la razón a los clubes en instancias anteriores. La sentencia de apelación fue especialmente clara al señalar que, cuando se adoptaron las restricciones, «no existía el conflicto de interés» que justificara apartar a los dos equipos de la toma de decisiones.
Además, la justicia madrileña afeó el procedimiento interno de LaLiga. Según el criterio judicial, la recusación de los clubes demandantes debió ser resuelta por un órgano independiente y no por el propio presidente de la institución, quien presidía también el órgano de gestión audiovisual y fue el impulsor del veto.
El recurso de LaLiga
El Tribunal Supremo ha fundamentado su desestimación en una cuestión técnica que ha resultado letal para las aspiraciones de la patronal del fútbol. LaLiga, en su recurso de casación, centró todos sus esfuerzos en discutir la existencia o no del conflicto de interés, pero dejó sin impugnar el otro pilar fundamental de la sentencia anterior: la falta de imparcialidad del presidente al resolver su propia recusación.
El Alto Tribunal recuerda en su resolución que, cuando una sentencia se apoya en varios argumentos fundamentales y el recurrente olvida combatir uno de ellos, el recurso pierde su «efecto útil». Es decir, aunque el Supremo hubiera dado la razón a LaLiga sobre el conflicto de intereses, el fallo seguiría siendo el mismo porque la irregularidad en la forma de decidir el veto se mantiene inalterada.
El futuro de los votos de los clubes y de LaLiga
Con esta decisión, se confirma la nulidad de pleno derecho de las decisiones tomadas en aquellas reuniones de 2022. El fallo supone un espaldarazo jurídico para la posición del Real Madrid y el Barcelona dentro de las estructuras de control de los derechos de televisión, limitando la capacidad de la presidencia de la patronal para excluir a miembros de forma unilateral basándose en discrepancias estratégicas como la ‘Superliga’.
La resolución del Supremo cierra definitivamente esta vía litigiosa, reafirmando que cualquier proceso de recusación dentro de la entidad debe cumplir con estándares de imparcialidad que impidan a una misma persona formular la queja y dictar la resolución final.