Recreación digital de recurso
Un incendio forestal declarado este sábado en la Vall d’Uixó (Castellón) ha obligado a evacuar o confinar a 16 municipios y a cerca de 16.000 personas, situándose entre los episodios más graves de la temporada en la Comunitat Valenciana dentro de la ola de incendios que asola España.
Por A. Lagar | 26 de julio de 2026
El fuego arde, además, sobre un territorio que es el centro de un proyecto fotovoltaico.
Esta es la reconstrucción de los hechos, del marco legal que regula qué puede pasar después, y de dos casos empresariales —el de la promotora del proyecto que cubre esta zona y el de Forestalia, la gran renovable aragonesa investigada por la Justicia— que conviene no confundir entre sí.
El incendio: focos, evacuaciones y confinamientos
Según fuentes municipales, el primer conato se detectó hacia las 9:30 horas del sábado en una zona urbana próxima a un colegio del barrio de Carbonaire, en la propia Vall d’Uixó.
Los servicios de emergencia lo apagaron, pero apenas 200 metros después, ya en terreno forestal, apareció un segundo foco.
A partir de ahí se sucedieron nuevos focos de forma consecutiva —»cada vez que se apagaba un fuego, aparecía otro», según los testigos citados— hasta desbordar la capacidad inicial de extinción y formar un único gran incendio.
El fuego alcanzó 21 kilómetros de perímetro y anulando la capacidad de extinción.
El dispositivo movilizado incluye más de 300 efectivos, entre ellos unidades de la UME, y 14 aeronaves.
Se decretó el desalojo de 16 municipios de la comarca de la Plana Baixa: La Vilavella, Artana, Eslida, Artesa, Alfondeguilla, Tales, Aín, Alcúdia de Veo, Chóvar, Suera, Torralba del Pinar, Villamalur y Fuentes de Ayódar, entre otros, además de cortarse la carretera CV-223 entre Onda y Artana.
La localidad de Betxí fue confinada preventivamente, y en la propia Vall d’Uixó se ordenó el desalojo de viviendas aisladas, establos y ganaderías en las partidas de El Castell, La Rabosa y La Murta, y en la urbanización Santa Bárbara.
Sobre el origen, la sucesión de varios focos distintos ha alimentado desde el principio la sospecha de que el incendio pudiera haber sido provocado.
El SEPRONA de la Guardia Civil mantiene abierta una investigación para reconstruir la secuencia de los focos y determinar si guardan relación entre sí.
La delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, ha confirmado que, por el momento, no existe conclusión oficial sobre la causa y que corresponde al SEPRONA completarla antes de trasladar cualquier resultado.
El proyecto que ocupa el territorio
La Vall d’Uixó no es un terreno cualquiera desde el punto de vista energético.
Desde 2023, la zona es el emplazamiento de Arada Solar, una macroplanta fotovoltaica impulsada por una filial de la multinacional noruega Statkraft, que en su diseño original ocupaba unas 350 hectáreas repartidas entre los términos de la Vall d’Uixó, Xilxes y Moncofa.
El Ministerio para la Transición Ecológica aprobó su declaración de impacto ambiental en agosto de 2023.
El proyecto ha generado oposición local desde su tramitación.
La Unió de Llauradors organizó protestas en 2025 denunciando que la planta y su infraestructura de evacuación afectarían a unas 280 hectáreas de cultivo, buena parte de cítricos de regadío con alto valor agroecológico, y ponían en riesgo unos 126.000 árboles que actúan como sumidero de CO2.
El 27 de marzo de 2026, el Boletín Oficial del Estado publicó una resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas que recoge modificaciones sobre el proyecto ya autorizado.
Entre ellas, destaca el traslado de una parte de la instalación —la que compatibiliza la planta solar con un futuro centro logístico proyectado en parte del mismo terreno— a una nueva ubicación situada al norte del proyecto autorizado, dentro del propio término municipal de la Vall d’Uixó, quedando el término de Moncofa desafectado de esa parte.
El BOE detalla también el desplazamiento de la subestación elevadora Arada Solar 30/220 kV hacia el norte y la modificación de la línea de alta tensión de 220 kV, que pasa de ser completamente aérea a parcialmente soterrada en los términos de la Vall d’Uixó y Alqueries del Niño Perdido.
La infraestructura de evacuación completa, según informó también la prensa en su día, recorre en línea aérea los términos de Vall d’Uixó, Nules, Alqueries, Borriana, Vila-real y Betxí, antes de conectar mediante una línea subterránea con la subestación de Red Eléctrica de España en Betxí 220 kV.
A esto se suma un anuncio: la empresa china Sungrow ha confirmado una inversión de 150 millones de euros para instalar en la Vall d’Uixó lo que se ha presentado como la mayor inversión industrial de la historia del municipio, centrada en almacenamiento de energía.

¿Coincide la zona del proyecto con la zona quemada?
Sí, al menos a nivel administrativo y de trazado.
El municipio donde se originó el incendio —la Vall d’Uixó— es el mismo en el que, apenas cuatro meses antes, el BOE autorizó ampliar la planta Arada Solar hacia una nueva zona al norte del municipio.
Y Betxí, uno de los municipios confinados por el fuego, es exactamente uno de los puntos por los que discurre la línea de evacuación eléctrica del proyecto y donde se ubica su centro de seccionamiento.
Esto es un hecho verificable, no una interpretación.
Lo que no está verificado, y no debe presentarse como tal, es que exista ninguna relación causal entre el incendio y el proyecto: no hay, hasta la fecha, ninguna diligencia judicial, imputación ni informe pericial que vincule a Statkraft, Arada Solar o Sungrow con el origen del fuego.
Lo que sí es legítimo, y periodísticamente necesario, es señalar la coincidencia territorial, seguir de cerca las conclusiones del SEPRONA, y pedir a la Generalitat Valenciana transparencia sobre si las parcelas realmente calcinadas coinciden con las que forman parte del proyecto autorizado, y sobre qué ocurriría en ese caso a la luz de la Ley de Montes.
Estos son los hitos documentales públicos del expediente Arada Solar, disponibles en el BOE, que se recogen aquí como contexto de esa coincidencia territorial, no como prueba de nada irregular, ya que se trata del trámite habitual de cualquier gran planta solar en España:
1. Declaración de Impacto Ambiental (DIA) — 11 de agosto de 2023
👉 https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-18594
BOE núm. 200, de 22 de agosto de 2023. Proyecto de 166 MWp/155 MWn.
2. Autorización administrativa previa — 1 de diciembre de 2023
👉 https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-25625
BOE núm. 301, de 18 de diciembre de 2023. Otorga 155 MW de potencia instalada, en Xilxes, Moncofa, La Vall d’Uixó, Nules, Borriana, Les Alqueries, Vila-real y Betxí.
3. Autorización administrativa previa y de construcción — 5 de marzo de 2025
👉 https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-5504
Publicada el 19 de marzo de 2025. Ya fija el proyecto en 141,44 MW.
4. Modificación (la de tu imagen) — anuncio del 27 de marzo de 2026
👉 https://www.boe.es/boe/dias/2026/03/27/pdfs/BOE-B-2026-9490.pdf
Traslada parte de la planta a una nueva ubicación al norte, dentro del término municipal de la Vall d’Uixó.
La Ley de Montes explicada: qué dice el artículo 50
Esta es la pregunta que subyace a toda la polémica: si un terreno forestal arde, ¿puede construirse algo en él después?
La Ley 43/2003, de Montes, establece en su artículo 50 la norma general: tras un incendio forestal, queda prohibido durante al menos 30 años cambiar el uso del terreno afectado —por ejemplo, para convertirlo en suelo urbanizable, agrícola industrial o para infraestructuras energéticas—, así como cualquier actividad incompatible con la regeneración de la cubierta vegetal.
Esta prohibición nació en 2006, con la Ley 10/2006, precisamente para acabar con la sospecha histórica de que algunos incendios se provocaban para «limpiar» terrenos con vistas a la especulación urbanística.
En 2015, la Ley 21/2015, aprobada durante el Gobierno de Mariano Rajoy (Partido Popular), modificó ese artículo 50 e introdujo una vía de excepción.
Desde entonces, las comunidades autónomas pueden autorizar el cambio de uso de un terreno incendiado, con carácter singular, si antes del incendio ya existía:
- a) Un instrumento de planeamiento previamente aprobado.
- b) Un instrumento de planeamiento pendiente de aprobación, siempre que ya contara con evaluación ambiental favorable o, si esta no fuera exigible, ya hubiera pasado por el trámite de información pública.
- c) Una directriz de política agroforestal que contemplara el uso agrario o ganadero extensivo de montes no arbolados en estado de abandono.
Además, de forma más excepcional aún, las comunidades autónomas pueden acordar el cambio de uso cuando concurran «razones imperiosas de interés público de primer orden», pero solo si se aprueban mediante una ley y se adoptan medidas compensatorias que restauren una superficie forestal equivalente a la quemada.
La norma excluye expresamente de cualquier excepción a los montes catalogados.
En términos llanos: la ley sigue diciendo «no» por defecto durante 30 años, pero desde 2015 permite decir «sí» si el proyecto ya estaba en marcha administrativamente antes de que prendiera el fuego.
Es exactamente ese mecanismo el que convierte en relevante, y no en anecdótico, que un proyecto tenga una resolución publicada en el BOE meses antes de que arda parte de ese mismo término municipal: no es la mera coincidencia de fechas lo que importa, sino que la ley de 2015 es la que decide, a partir de ese momento, si el terreno calcinado puede acabar acogiendo precisamente ese proyecto.
Conviene matizar esto con un dato, esta vez de mayor recorrido.
Según el proyecto «España en llamas», de la Fundación Civio, con datos de la EGIF del entonces MAPAMA y publicado por El Mundo, entre 2001 y el 30 de septiembre de 2017 ardieron en España 1,85 millones de hectáreas forestales, a las que habría que sumar otras 179.220 hectáreas no forestales (mayoritariamente terrenos agrícolas), lo que arroja una superficie total afectada equivalente a las comunidades de Madrid y Navarra juntas.
Ese periodo, sin embargo, ya incluye los tres primeros años posteriores a la reforma de 2015.
Lo que muestra la serie completa es que España viene arrastrando una superficie quemada de varios cientos de miles de hectáreas cada pocos años —con picos como el de 2012 (216.900 ha) o el más reciente de 2025 (354.793 ha) lo que refuerza la idea de que la magnitud del problema responde a factores estructurales (abandono del monte, gestión y prevención) y no únicamente al marco de la Ley de Montes.
El negocio de la biomasa tras los incendios
Tras un gran incendio se activa otra economía, menos visible que la de extinción: la retirada de madera quemada, la limpieza forestal, los trabajos de restauración y, en particular, la industria de la biomasa, que convierte restos vegetales y madera en pellets o en combustible para plantas de generación eléctrica.
La biomasa forestal es, en sí misma, una pieza legítima de la transición energética: aprovechar el material vegetal sobrante reduce el combustible acumulado en el monte —uno de los factores que agravan la intensidad de los incendios— y genera energía renovable.
Pero se trata también de un negocio que mueve contratos públicos y privados de cierto volumen, lo que exige la misma transparencia que cualquier otra actividad económica derivada de una catástrofe: quién adjudica los contratos de retirada de madera y limpieza, con qué procedimiento, y quién termina beneficiándose económicamente del territorio afectado por un incendio.
El caso Forestalia: qué está acreditado y qué no
Forestalia es un grupo empresarial aragonés fundado por Fernando Samper, con sede en Zaragoza, que factura a través de la eólica, la fotovoltaica, la biomasa y la producción de pellets, y que en los últimos años ha ampliado su negocio hacia los centros de datos y el almacenamiento en baterías.
En 2016 recibió la adjudicación de 300 de los 500 MW eólicos y 208 MW de biomasa que estaban en juego en Aragón, lo que la convirtió en pocos años en uno de los grandes grupos renovables de España.
Ese mismo año anunció, junto a la empresa pública autonómica Somacyl, una planta de biomasa de 80 millones de euros en Cubillos del Sil (El Bierzo, León).
En marzo de 2026, la Unidad Central Operativa de Medio Ambiente (UCOMA) de la Guardia Civil, bajo la dirección de un juzgado de Teruel y en coordinación con la Fiscalía de Medio Ambiente, detuvo brevemente a Fernando Samper junto con otras cinco personas, entre ellas un antiguo alto cargo del Ministerio para la Transición Ecológica.
La investigación se centra en presuntos delitos de prevaricación ambiental, cohecho, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal, relacionados con la posible manipulación de Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) necesarias para tramitar parques eólicos y fotovoltaicos en Teruel, y con el cobro de comisiones que habrían facilitado su aprobación.
Uno de los proyectos señalados es el Clúster del Maestrazgo, cuya paralización cautelar sigue sin resolverse en sede judicial.
Varias plataformas ciudadanas, como Teruel Existe y la Plataforma 13M, llevan años denunciando lo que describen como una «burbuja renovable» en la región.
Rige, como para cualquier investigado, la presunción de inocencia mientras no haya sentencia firme.
En pocas palabras
El incendio de la Vall d’Uixó que ha quemado y ha obligado a confinar y desalojar a la población, es el territorio donde en los últimos años se ha tramitado uno de los mayores proyectos fotovoltaicos de la Comunitat Valenciana, con una ampliación publicada en el BOE apenas cuatro meses antes.
Esa coincidencia es real y merece seguimiento mientras el SEPRONA determina el origen de los distintos focos.
La Ley de Montes, desde su reforma de 2015, es la que decide qué puede pasar después en un terreno quemado si ya existía un proyecto planificado, y es ese mecanismo legal, no una sospecha genérica, lo que da sentido a la pregunta.