Pedro Sánchez durante una reunión con Mohamed VI en Marruecos. Imagen: Ministerio de la Presidencia, Gobierno de España. 7-04-2022
El Gobierno de Marruecos pide formalmente la devolución de los menores que cruzaron la frontera en las últimas entradas masivas a Ceuta, mientras que el marco legal español impone estrictos requisitos administrativos y judiciales para evitar repatriaciones sumarias.
Por A. Lagar | 10 de agosto de 2026
Marruecos ha reactivado el pulso diplomático con España solicitando de manera formal la entrega de los menores no acompañados que accedieron a Ceuta en las últimas semanas.
Las autoridades de Rabat afirman su intención de tramitar el regreso de estos menores, sosteniendo que se trata de una prioridad estatal encaminada a la reagrupación con sus familias.
Sin embargo, las autoridades marroquíes supeditan la eficacia de estas devoluciones a que la administración española modifique sus dinámicas de tramitación, asegurando que los cauces burocráticos del país vecino representan el principal impedimento para materializar los retornos de forma ágil.
Las garantías legales que frenan la vía rápida de devolución a Marruecos
El nudo del asunto radica en la incompatibilidad entre la celeridad que exige Rabat y el ordenamiento jurídico vigente en España.
El marco regulatorio y los pronunciamientos del Tribunal Supremo imponen un procedimiento garantista que impide cualquier intento de expulsión inmediata o agrupada.
- Expediente personalizado: Las autoridades de protección infantil están obligadas a instruir un expediente individual para cada joven, evaluando su contexto sociofamiliar antes de tomar decisiones.
- Salvaguarda del bienestar: Es indispensable verificar que el retorno al país de origen no expone al joven a situaciones de desprotección, abandono o riesgo para su integridad.
- Supervisión fiscal y audiencia previa: El proceso requiere el dictamen del Ministerio Fiscal y obliga a escuchar el testimonio directo del propio menor antes de emitir una resolución definitiva.
Este blindaje normativo cobró mayor firmeza tras las sentencias judiciales que anularon repatriaciones pasadas por falta de garantías, dejando claro que el Estado no puede eludir estos requisitos administrativos bajo ninguna circunstancia de presión diplomática o migratoria.
Saturación logística y reparto peninsular
En el terreno, la acumulación de llegadas ha llevado a los recursos de la ciudad autónoma a una situación extrema de sobreocupación.
El volumen de menores tutelados por los servicios sociales ceutíes se ha multiplicado en cuestión de días, desbordando con frecuencia la capacidad de alojamiento, atención sanitaria y manutención de los centros locales.
Frente a esta coyuntura, las instituciones buscan acelerar la derivación de parte de estos jóvenes hacia la península mediante acuerdos de solidaridad entre regiones, mientras las cancillerías analizan cómo encajar las exigencias de Rabat dentro de los estrictos márgenes que impone el Estado de derecho.
Preguntas frecuentes
¿Qué reclama Marruecos sobre los menores en Ceuta?
Marruecos solicita formalmente la devolución de los menores extranjeros no acompañados de nacionalidad marroquí que han ingresado a la ciudad autónoma de Ceuta.
¿Por qué España no puede devolver a los menores inmediatamente?
Se necesita un expediente administrativo individual para cada menor, con informe del Ministerio Fiscal y evaluación del interés superior del niño antes de cualquier repatriación.
¿Existe algún acuerdo bilateral entre España y Marruecos para estas devoluciones?
Existe un convenio de colaboración en materia de prevención de la emigración infantil y retorno de menores, pero su aplicación exige cumplir con todas las garantías del derecho español e internacional.
¿Cuál es la situación actual de los centros de acogida en Ceuta?
Los recursos de la ciudad autónoma sufren una severa sobreocupación debido al incremento de llegadas, superando ampliamente la capacidad habitual de las instalaciones locales.
¿Qué ocurre si un menor se opone a ser repatriado?
Durante la instrucción del expediente se escucha la opinión del menor. Si se determina que el regreso supone un riesgo para su integridad, la devolución queda paralizada de forma cautelar.