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La Causa Especial 20775/2020 centra su condena exclusivamente en el exministro, Koldo García y Víctor de Aldama, mientras que el resto de la extensa trama empresarial y política ha sido apartada en piezas separadas con una lista de investigados.
Por A. Lagar | 24 de junio de 2026
La magnitud de la trama corrupta que operó en el Ministerio de Transportes durante la pandemia salpica a decenas de nombres, pero la Sentencia 418/2026 del Tribunal Supremo traza una línea divisoria clara en cuanto a los sujetos investigados.
Aprovechando la condición de aforado de José Luis Ábalos, el Alto Tribunal asumió el enjuiciamiento exclusivo de la cúpula de esta organización criminal, arrastrando con él a su asesor Koldo García y al empresario Víctor de Aldama.
El resto de presuntos implicados, al carecer de aforamiento, han sido derivados a la justicia ordinaria o apartados en piezas separadas.
La delimitación de quiénes debían sentarse en el banquillo del Tribunal Supremo y quiénes no fue una de las primeras batallas judiciales de este histórico proceso.
La causa proviene originalmente de las Diligencias Previas n.º 65/2023, instruidas por el Juzgado Central de Instrucción n.º 2 de la Audiencia Nacional.
En esa fase inicial, la lista de sujetos investigados era mucho más amplia y abarcaba a toda la red de intermediarios, testaferros y familiares que presuntamente colaboraron en el blanqueo de los sobornos y la adjudicación de contratos.
La cúpula: aforamiento y «conexión inescindible»
El 23 de octubre de 2024, la Audiencia Nacional elevó una exposición razonada al Tribunal Supremo al constatar la implicación directa del exministro José Luis Ábalos.
Dado que este ostentaba la condición de aforado por ser Diputado en el Congreso, el Supremo dictó un auto el 5 de noviembre de 2024 por el que se declaraba competente para la instrucción y enjuiciamiento de Ábalos en la Causa Especial 20775/2020.
Sin embargo, el exministro no se sentó solo en el banquillo.
Aunque su mano derecha, Koldo García, y el conseguidor de la trama, Víctor de Aldama, no tenían condición de aforados, el Supremo acordó la extensión subjetiva de la investigación hacia ellos.
El motivo legal fue su conexión material inescindible con los delitos del exministro: los tres conformaban una organización criminal estable con un reparto de funciones tan estrecho que no podían ser juzgados por separado sin romper la lógica del caso.
Los investigados derivados a la Audiencia Nacional
¿Qué ocurrió con el resto de los nombres que llenaban los atestados de la Guardia Civil?
Al asumir el caso, el Tribunal Supremo decidió que no iba a enjuiciar a los investigados «secundarios».
Ordenó que el procedimiento contra estas personas continuara ante el órgano competente original, desvinculándose de ellos y solicitando únicamente la información que afectara directamente a la cúpula.
Entre estos sujetos investigados que no han sido condenados en esta sentencia, pero que siguen rindiendo cuentas ante la Audiencia Nacional, destacan figuras clave como familiares de los cabecillas y empresarios testaferros.
Los documentos judiciales citan expresamente a Patricia Uriz Uriarte (esposa de Koldo), Joseba García (hermano de Koldo), Israel Pilar Ortiz, José Ángel Escorial Senante y Daniel Sierra Monedero, entre otros.
La creación de una «pieza separada» con nuevos políticos
El caso dio un giro de tuerca adicional en el otoño de 2025.
A raíz de un demoledor informe emitido por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil el 5 de junio de 2025, el magistrado instructor del Supremo descubrió nuevas ramificaciones.
Ante la avalancha de pruebas, el 23 de septiembre de 2025 se dictó un auto ordenando la apertura de una pieza separada, bautizada como «causa especial 20775/2020-II».
En esta nueva pieza paralela, la lista de sujetos que ostentan la condición de investigados se amplió drásticamente para indagar en otros posibles favores o contratos.
Junto a Ábalos, Koldo y Aldama, el Supremo incluyó formalmente como investigados a altos cargos como Santos Cerdán León, José Ruz Martínez, Antonio Fernández Menéndez, Daniel Fernández Menéndez, Fernando Agustín Merino Vera y Joseba Antxon Alonso Egurrola.
No obstante, el Supremo mantuvo el juicio principal centrado única y exclusivamente en los hechos probados de la cúpula original.