📷 Fotografía: Javier Perez Montes, vía Wikimedia Commons. Licencia CC BY-SA 4.0.
El Gobierno aprueba la desclasificación de la documentación 23-F, adoptada por el Consejo de Ministros, para liberar el acceso a la información secreta sobre el 23 de febrero de 1981. Tras cumplirse 45 años del golpe de Estado, el Ejecutivo elimina las restricciones de seguridad que pesaban sobre actas, datos y objetos, permitiendo que ciudadanos e investigadores accedan de forma transparente a este episodio clave de la democracia española.
Por: A. Lagar | 25 de febrero de 2026
El Consejo de Ministros, en su reunión del 24 de febrero de 2026, ha aprobado el acuerdo para levantar el secreto oficial sobre los sucesos del 23 de febrero de 1981. La decisión, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado a través de la Orden PJC/125/2026, responde a la necesidad de fortalecer la transparencia y el derecho a la información en una democracia madura, entendiendo que el transcurso del tiempo ha eliminado los riesgos que justificaron en su día la protección de estos materiales, aunque no todos ellos serán publicados.
Explicación de la desclasificación
La norma anula la clasificación de «secreto» que amparaba diversos documentos en virtud de la Ley 9/1968 de Secretos Oficiales y la Ley 11/2002 del Centro Nacional de Inteligencia (CNI). El Gobierno fundamenta esta decisión en que los autores del golpe ya fueron condenados por rebelión militar en 1983 y que, tras cuatro décadas y media, el conocimiento de estos archivos no supone un riesgo para la seguridad o defensa del Estado.
Alcance de la medida
La orden de desclasificación de documentación es total y abarca:
- Asuntos y actos relacionados con el 23-F.
- Documentos e informaciones administrativas y de inteligencia.
- Datos y objetos vinculados al intento de quiebra del orden constitucional.
Colectivos beneficiados
Esta medida afecta y beneficia especialmente a:
- Comunidad académica e investigadores: Que han demandado durante décadas el acceso a fuentes originales para el estudio riguroso del pasado reciente.
- Periodistas y medios de comunicación: Que podrán ejercer el derecho a comunicar información veraz con base en documentos oficiales hasta ahora restringidos.
- Ciudadanía en general: En ejercicio de su derecho de acceso a los archivos y registros públicos reconocido en la Constitución Española.
Requisitos y condiciones de acceso
Aunque la información deja de ser secreta, el acceso se regirá por el marco normativo general, que incluye:
- La Ley 19/2013 de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- La Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español.
- El Real Decreto 1708/2011 del Sistema Español de Archivos.
- Límites legales vigentes relativos a la intimidad de las personas y la protección de datos personales.
Derechos y obligaciones
- Derecho de la ciudadanía: Acceder a la historia colectiva a través de sus propias instituciones sin depender de revelaciones de terceros Estados.
- Obligación del Estado: Facilitar la entrega y consulta de la documentación desclasificada tras la cancelación de su estatus confidencial.
Entrada en vigor
La desclasificación de documentación tiene efectos desde su publicación en el BOE, permitiendo que se inicien los protocolos de consulta en los archivos correspondientes de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Presidencia, Defensa e Interior.
Referencia normativa exacta
Orden PJC/125/2026, de 24 de febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de febrero de 2026. Publicado en el BOE n.º 50, de 25 de febrero de 2026 (Disposición 4351).
Imagen de Javier Perez Montes, distribuida bajo licencia Creative Commons Attribution-ShareAlike 4.0 International (CC BY-SA 4.0).
Licencia: https://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/
Fuente original: Wikimedia