Imagen de recurso
La vía penal contra Carlos Mazón en el TSJCV queda cerrada tras el rechazo de los recursos de súplica. El tribunal confirma que el expresidente no tenía la «posición de garante» necesaria para imputarle homicidio imprudente y descarta que su aforamiento como diputado sea un abuso de derecho.
Por: A. Lagar | 28 de abril de 2026
La vía penal contra el expresidente de la Generalitat en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) queda cerrada. El Alto Tribunal ha dictado un auto este lunes en el que desestima los recursos presentados por diversas acusaciones, confirmando punto por punto la resolución del pasado 16 de marzo. El Pleno, compuesto por cinco magistrados, ha sido tajante: no hay razones de peso para revertir el archivo de las actuaciones ni para considerar que la conducta de Mazón sea constitutiva de delito.
El debate sobre la responsabilidad jurídica
El eje central de la resolución gira en torno a la denominada ‘posición de garante’. Las acusaciones insistían en que el entonces jefe del Consell tenía un deber legal de protección que habría omitido durante la catástrofe. Sin embargo, la Sala reitera que el análisis de la normativa autonómica no atribuye específicamente al presidente de la Generalitat un deber jurídico de actuación directa en la gestión de este tipo de emergencias.
Los magistrados subrayan que el derecho a la tutela judicial efectiva no implica obtener una investigación a medida, sino recibir una respuesta «motivada y fundada». En este sentido, el tribunal mantiene que no existe un cuadro indiciario con el nivel de solidez que exige la jurisprudencia para imputar delitos de homicidio por imprudencia o por omisión al aforado.
El aforamiento de Carlos Mazón
Otro de los puntos de fricción en los recursos era la prerrogativa del aforamiento. Algunas de las partes solicitaban que no se aplicara esta protección procesal, sugiriendo un posible «abuso de derecho» tras la salida de Mazón de la presidencia para mantener su acta de diputado. El TSJCV ha rechazado este argumento de forma plana, aclarando que no existe irregularidad alguna.
Para los jueces, el caso de Carlos Mazón no es comparable con otros precedentes en los que se adquirió el fuero de forma sobrevenida justo antes de un juicio. Los magistrados recuerdan que el expresidente ostenta su condición de diputado de las Cortes Valencianas desde el inicio de la legislatura, en junio de 2023, mucho antes de que se produjeran los hechos investigados.
Ausencia de indicios delictivos
La resolución también entra en el detalle de las actuaciones concretas del 29 de octubre de 2024, especialmente en lo relativo al envío de alertas a la población. El tribunal insiste en que no se aprecian indicios «sólidos y cualificados» que vinculen de forma delictiva al expresidente con la toma de decisiones técnicas o la ejecución de los avisos de emergencia.
Con este auto, que se alinea con el criterio expuesto por el Ministerio Fiscal, el TSJCV da por agotada esta vía de recurso ordinario, manteniendo la competencia en los juzgados de instrucción ordinarios para el resto de la causa, pero dejando fuera de la misma al exjefe del Ejecutivo valenciano.