Recreación digital de recurso
Un hombre de 47 años ha recibido una condena de 12 años y medio de cárcel en Tudela por agredir sexualmente a su compañera de piso.
Por A. Lagar | 28 de julio de 2026
¿Cuáles son las penas fijadas por la Audiencia de Navarra?
La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha emitido la sentencia correspondiente al procedimiento judicial sumando dos penas de prisión diferenciadas.
El tribunal impone 9 años de cárcel por un delito de agresión sexual referido a la violación y añade 3 años y 6 meses más por un segundo delito de agresión sexual centrado en tocamientos no consentidos.
En ambos ilícitos penales, los magistrados aplican la circunstancia agravante de prevalimiento derivada de la convivencia en la misma vivienda.
Además de los 12 años y medio de privación de libertad, el fallo establece una orden de alejamiento que prohíbe al agresor acercarse a menos de 200 metros o comunicarse con la víctima durante un periodo de 18 años y medio.
Tras salir de prisión, se activará una medida de libertad vigilada por otros 9 años.
La indemnización por responsabilidad civil destinada a reparar el daño moral causado a la mujer ha sido fijada en 15.000 euros.
Esta resolución no es firme y admite recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
¿Cuál era la situación de la víctima cuando ocurrieron los hechos?
Los acontecimientos comenzaron a principios de 2024, cuando la mujer, de 34 años y origen extranjero, se trasladó en febrero a una habitación alquilada en Tudela por un coste de 300 euros mensuales.
En ese momento acababa de divorciarse de su anterior pareja en Francia y residía en el inmueble acompañada por sus dos hijas pequeñas de 1 y 3 años.
La sentencia judicial describe la situación de alta exclusión social que afectaba a la denunciante en la fecha en que se produjeron los ataques.
La víctima no hablaba castellano, presentaba severas limitaciones para comprender el idioma, acababa de dar a luz a su hija menor un año antes y carecía por completo de redes de apoyo en su entorno más cercano.
¿Cómo se produjeron las agresiones en la vivienda?
El texto de la resolución detalla la secuencia de los hechos probados dentro del domicilio compartido.
La primera agresión ocurrió un mediodía del mes de marzo de 2024, cuando el acusado accedió al dormitorio de la mujer y la violó.
Ante la falta de recursos económicos e informativos para reaccionar de inmediato, la denunciante se vio obligada a continuar residiendo en la misma vivienda.
En los días posteriores a la agresión, el hombre sugirió a la mujer que se casara con él.
Ante la negativa de ella, el procesado cambió de actitud y comenzó a dirigirse a la víctima de forma agresiva, humillante y despectiva.
En este contexto de presión, un sábado del mes de abril, el hombre irrumpió en el cuarto de baño mientras la mujer se duchaba para tocarle los pechos y frotar sus genitales contra ella.
¿Qué elementos de prueba ha valorado el tribunal para la condena?
Durante la vista oral celebrada el 18 de junio, la Fiscalía y la acusación particular solicitaron penas de hasta 15 años de prisión, mientras que la defensa reclamó la absolución.
Sin embargo, la sala consideró desvirtuada la presunción de inocencia del acusado respaldándose en la solidez del testimonio de la víctima, cuyo relato calificó de completo, coherente, uniforme y falto de contradicciones desde la primera denuncia ante la policía hasta el juicio.
Asimismo, la sentencia destaca las declaraciones de los agentes policiales y los voluntarios asistenciales, quienes confirmaron el estado de extrema alteración y angustia que presentaba la mujer al narrar los hechos.
El elemento clave que terminó de corroborar la acusación fueron los audios de conversaciones en redes sociales aportados a la causa.
Estas grabaciones demostraron que personas del entorno del procesado ejercieron presiones directas sobre la víctima para evitar que acudiera a las autoridades, ratificando la veracidad de la agresión reportada.