Recreación digital de recurso
La justicia rechaza repetir el juicio con jurado y mantiene las penas por asesinato, robo y estafa por el crimen del canónico en Valencia.
Por A. Lagar | 21 de julio de 2026
¿Qué ha resuelto la justicia sobre el crimen del canónigo de Valencia?
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa del único procesado.
Los magistrados han confirmado la resolución fijada el 2 de marzo por la Audiencia Provincial de Valencia, que le impuso una pena total de 28 años de prisión.
La representación del acusado solicitaba anular el proceso, argumentando la vulneración de derechos fundamentales, el quebrantamiento de la presunción de inocencia y la necesidad de repetir el juicio con jurado popular.
Sin embargo, el tribunal ha rechazado de forma íntegra cada uno de los argumentos presentados.
¿Cómo sucedieron los hechos en el piso del centro de la ciudad?
Los hechos se remontan a la noche del 21 de enero de 2024.
Según determinó el veredicto del jurado y la posterior resolución de la Audiencia, el imputado acudió junto a un segundo individuo que no ha podido ser identificado al piso del sacerdote emérito, de 79 años, situado en la zona céntrica de la capital valenciana.
Una vez en el interior de la vivienda, la persona no identificada asfixió al septuagenario sin que este tuviera capacidad de defensa.
Posteriormente, le sustrajo un teléfono móvil y dos tarjetas bancarias (una de crédito y otra de un establecimiento comercial) que entregó al investigado.
Las actuaciones judiciales concluyeron que ambos actuaron mediante un plan pactado previamente para terminar con la vida del religioso y apoderarse de sus bienes de valor.
¿A qué penas se enfrenta el único procesado?
El cómputo de la sanción penal impuesta se divide en tres tipos penales diferenciados:
- 20 años de prisión por un delito de asesinato.
- 5 años de prisión por un delito de robo con violencia.
- 3 años de prisión por un delito continuado de estafa.
Tras recibir el teléfono y la documentación bancaria de la víctima, el penado extrajo dinero en efectivo y realizó compras por un importe global superior a los 2.300 euros con la primera tarjeta, repartiendo parte del efectivo con el autor material.
Asimismo, gastó otros 375 euros mediante la segunda tarjeta bancaria.
¿Por qué el tribunal ha desestimado las nulidades solicitadas?
La representación letrada del condenado intentó anular la orden de entrada y registro efectuada por la Policía en la habitación del hostal donde se alojaba, lugar en el que se incautaron las tarjetas y el teléfono del difunto.
El tribunal ha determinado que la defensa no formalizó dicha petición de nulidad en el momento procesal correspondiente (su inclusión en el escrito de calificación provisional para resolverla en el trámite de cuestiones previas), sino que la introdujo de forma extemporánea durante la fase de informes finales.
Asimismo, la resolución descarta que se haya atacado el derecho del procesado a no declarar contra sí mismo o a no confesarse culpable.
Respecto a la presunción de inocencia, los magistrados concluyen que las pruebas valoradas por el jurado convergen de forma lógica en la coparticipación del acusado en el deceso de la víctima.
¿Es definitiva esta resolución judicial?
La decisión dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana no es firme.
Frente a esta resolución cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, la última vía ordinaria a la que puede recurrir la defensa del condenado.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué ha decidido el TSJCV sobre el caso del canónigo de Valencia?
El tribunal ha rechazado el recurso de la defensa y ha confirmado la condena de 28 años de prisión impuesta por la Audiencia de Valencia.
¿A cuántos años de cárcel ha sido condenado el acusado?
Suma 28 años de prisión en total: 20 por delito de asesinato, 5 por robo con violencia y 3 por estafa continuada.
¿Se va a repetir el juicio con jurado popular?
No, los magistrados han descartado la repetición del juicio al no apreciar vulneración de derechos fundamentales ni fallos procesales.
¿Cuándo y dónde ocurrió el crimen del sacerdote emérito?
Tuvo lugar la noche del 21 de enero de 2024 en la vivienda céntrica de la víctima en Valencia.
¿La sentencia emitida por el TSJCV es firme?
No es firme, ya que la defensa todavía puede presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.