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El convenio reponedores de Mediterránea Merch ha oficializado sus nuevas tablas en el BOE, inyectando un incremento salarial directo para todo el personal de supermercados y almacenes.
El sector de la reposición y el ‘merchandising’ se reorganiza
Las condiciones de las plantillas encargadas de que los lineales de los supermercados estén siempre perfectos acaban de dar un vuelco en sus nóminas.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se registra e inscribe el nuevo acuerdo de la Comisión Negociadora de la empresa Mediterránea Merch, SL (código de convenio núm. 90014482012006).
El pacto, formalizado en Murcia por el representante empresarial Alfonso Rodríguez García y la mesa sindical de Delegados de Personal (con el asesoramiento de UGT), actualiza el marco regulatorio que se venía aplicando desde marzo de 2025.
Tras las últimas elecciones sindicales celebradas en la Comunidad Valenciana, Alicante y la Región de Murcia, los nuevos portavoces de las plantillas han cerrado una reestructuración de haberes que se aplica de forma obligatoria y con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.
Una subida media del 4% en todas las categorías
El núcleo del acuerdo se encuentra en la aplicación de un incremento lineal medio del 4% respecto al año 2025 sobre toda la estructura salarial de la compañía.
Las nuevas tablas oficiales dividen al personal en cinco grandes grupos profesionales y detallan el sueldo base, el prorrateo mensual de las pagas extraordinarias y el total devengado neto que se reflejará en las cuentas bancarias:
Grupo I y II (Dirección y Supervisión)
- Director/a Comercial (Grupo I): Salario base de 1.665,24 € más 277,53 € de paga extra, sumando un total mensual de 1.942,77 €.
- Supervisor/a y Jefe/a de Departamento (Grupo II): Salario base de 1.241,63 € más 206,94 € de paga extra, acumulando un total mensual bruto de 1.448,57 €.
Grupo III (Mandos Intermedios y Especialistas)
- Jefe/a de Equipo / Administrativo/a / G.P.V. (Gestor de Punto de Venta) / Técnico/a Especialista / Merchan Integral: Salario base de 1.231,72 € más 205,29 € de paga extra, fijando su devengo mensual en 1.437,01 €.
Grupo IV (Personal Operativo de Oficinas y Tienda)
- Especialista de Tienda / Especialista de Almacén / Responsable de Grupo / Auxiliar Administrativo/a / Adjunto/a a Comercial: Salario base de 1.225,44 € más 204,24 € de paga extra, cobrando un total mensual de 1.429,68 €.
Grupo V (La base de los lineales y almacenes)
- Reponedor/a / Auxiliar de Almacén / Auxiliar de Servicios / Adjunto/a a Responsable de Grupo: Salario base de 1.204,24 € más 200,71 € de paga extra, estableciendo el suelo mínimo de cobro mensual en 1.404,95 €.
Blindaje diario para azafatas y promotores de ventas
La letra pequeña del convenio reponedores introduce una segunda tabla salarial diseñada específicamente para blindar los contratos temporales, intermitentes o de campaña, tan habituales en las promociones comerciales de supermercados y grandes superficies.
Para evitar que las jornadas parciales diluyan los derechos básicos, se estipula un sistema de devengo diario que incluye obligatoriamente el prorrateo de extras y vacaciones en el tique de cobro:
- Azafato/a (Grupo IV): Salario base diario de 49,67 € más 8,28 € de paga extra y 4,14 € por concepto de vacaciones. El total devengado diario obligatorio queda fijado en 62,09 €.
- Promotor/a y Promotor/a Vendedor/a (Grupo V): Salario base diario de 48,17 € más 8,03 € de paga extra y 4,01 € de vacaciones, asegurando un cobro por jornada efectiva de 60,21 €.
¿Cómo se cobrarán los atrasos de este año?
Al haberse firmado el pacto de actualización con efecto retroactivo desde el primer día del año, las empresas de servicios de merchandising tienen la obligación legal de calcular y abonar los conocidos como atrasos de convenio.
Esto significa que si has estado trabajando y cobrando tus nóminas en los meses anteriores bajo los baremos desactualizados de 2025, la empresa deberá incluir en tu próximo abono de haberes una partida extra compensatoria.
En ella se ingresará la diferencia acumulada del 4% acumulada día a día desde el 1 de enero hasta hoy, tanto en el salario base ordinario como en el prorrateo de las pagas extraordinarias devengadas.