Imagen de recurso: El Gobierno aprueba el anteproyecto de la Ley de Integridad Pública. Foto: Antonio Sáez.
El Consejo de Ministros da luz verde a un anteproyecto que modifica 18 leyes e incluye 84 medidas contra la corrupción. La nueva norma creará una Agencia Independiente, ampliará los plazos de prescripción de los delitos y exigirá a los partidos políticos hacer públicas las donaciones superiores a 2.500 euros.
Por: A. Lagar | Fecha: 18 de febrero de 2026.
El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta el anteproyecto de la Ley Orgánica de Integridad Pública. Este amplio marco legislativo, impulsado por el Ministerio de Hacienda, tiene como objetivo central dotar al ordenamiento jurídico español de nuevos y más contundentes mecanismos para combatir la corrupción política y económica en todas las esferas de la administración pública.Origen de los datos: Ministerio de Hacienda
El texto diseñado por el Ejecutivo articula un total de 84 medidas concretas que obligarán a modificar 18 leyes vigentes, seis de ellas de carácter orgánico. La filosofía de la nueva normativa se asienta sobre la necesidad de intervenir en todo el ciclo de la corrupción: desde la prevención y la detección temprana de irregularidades, hasta el endurecimiento de las sanciones penales y la recuperación efectiva de los recursos públicos que hayan sido malversados. El diseño de este paquete legislativo ha contado con el asesoramiento técnico y el aval metodológico de la OCDE.
Creación de la Agencia Independiente de Integridad Pública
El pilar institucional de esta reforma es la creación de la Agencia Independiente de Integridad Pública. Este nuevo organismo operará como una autoridad administrativa centralizada y aglutinará las competencias de tres departamentos clave que hasta ahora funcionaban por separado:
- La Oficina de Conflictos de Intereses (OCI): Asumirá nuevas competencias sobre la regulación de los grupos de interés o lobbies.
- La Autoridad Independiente de Protección del Informante: Verá reforzado su papel para garantizar la seguridad de quienes denuncian prácticas fraudulentas.
- El Servicio Nacional de Coordinación Antifraude: Ampliará sus funciones más allá de la vigilancia exclusiva de los fondos europeos.
La presidencia de esta nueva Agencia tendrá rango de Secretaría de Estado. Para garantizar su independencia, el responsable será elegido mediante un proceso público, requerirá el refrendo del Congreso de los Diputados y ejercerá su labor durante un mandato único e improrrogable de seis años.
Control exhaustivo sobre la financiación de los partidos
La futura ley introduce modificaciones sustanciales en la vigilancia económica de las formaciones políticas. El texto establece la obligatoriedad de someterse a una auditoría externa para todos aquellos partidos políticos y fundaciones vinculadas que reciban más de 50.000 euros en fondos públicos. Los resultados de esta auditoría deberán presentarse ante el Tribunal de Cuentas.
Asimismo, la normativa reduce drásticamente el umbral de opacidad en la financiación privada. A partir de la entrada en vigor de la ley, los partidos estarán obligados a hacer públicas todas las donaciones que superen los 2.500 euros, frente al límite de 25.000 euros establecido en la legislación actual. El plazo para publicar esta información será de un mes. El incumplimiento de estas normas acarreará sanciones severas; por ejemplo, ocultar donaciones implicará multas equivalentes al doble de la cantidad no declarada.
Endurecimiento del Código Penal y contratación pública
En el ámbito punitivo, el anteproyecto modifica el Código Penal para elevar el estándar de castigo y generar un mayor efecto disuasorio. Una de las reformas más significativas es la ampliación de los plazos de prescripción de los delitos de corrupción, que pasarán de los cinco años actuales a siete años, otorgando más tiempo a los investigadores en tramas de alta complejidad.
Además, se incrementan las penas de inhabilitación para contratar con las administraciones públicas, que podrán alcanzar un máximo de 20 años. El delito de tráfico de influencias también se castigará de forma más severa, con penas de prisión de entre 1 y 4 años.
Para evitar que el dinero público acabe en manos de entramados corruptos, el registro de empresas inhabilitadas para contratar con la administración pasará a ser público y de libre acceso. Las administraciones cruzarán datos para identificar patrones anómalos, utilizando herramientas tecnológicas de Big Data e Inteligencia Artificial integradas en la Plataforma de Contratación del Estado y en la Base Nacional de Datos de Subvenciones. Del mismo modo, el uso del sistema informático MINERVA, diseñado para detectar conflictos de interés, se extenderá a todos los niveles de la administración pública.
Recuperación de activos y beneficios penitenciarios
El texto legislativo pone un énfasis especial en garantizar que los condenados devuelvan el capital esquilmado a las arcas públicas. Para ello, se amplían las competencias de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) y se incorporan figuras jurídicas exigidas por la normativa europea, como el decomiso sin condena o el decomiso de riqueza no justificada.
Como medida de presión adicional, la norma modificará la Ley General Penitenciaria para vincular directamente el acceso a beneficios carcelarios (como permisos de salida o progresiones de grado) al cumplimiento previo de la responsabilidad civil. En la práctica, un condenado por corrupción no podrá disfrutar de ventajas penitenciarias si antes no ha reparado económicamente el daño causado mediante la devolución de los fondos malversados.