Imagen de recurso: La justicia barcelonesa se pronuncia sobre las faltas laborales de una chica que tuvo que atender a su mascota de urgencia.
La urgencia veterinaria por la eutanasia de un perro no puede considerarse una falta injustificada según una sentencia del Tribunal de Instancia de Barcelona. El magistrado anula el despido de una trabajadora al considerar que los motivos de la ausencia son éticos, humanitarios y sobrevenidos.
Por: A. Lagar | Fecha: 6 de febrero de 2026
El Juzgado de lo Social número 25 de Barcelona ha estimado el recurso de una empleada que fue despedida tras faltar a su puesto de trabajo para atender una urgencia veterinaria terminal de su mascota. La resolución judicial concluye que este tipo de ausencias no pueden ser tratadas como faltas de asistencia arbitrarias o injustificadas, dada la naturaleza ética y el deber de cuidado animal implicado en el caso.
Una ausencia basada en razones humanitarias y éticas
Los hechos analizados por el tribunal se produjeron a finales de 2024. La demandante, empleada en un centro de atención telefónica (call center), fue objeto de un despido disciplinario por acumular cuatro faltas que la empresa calificó de injustificadas. La última de estas ausencias tuvo lugar tras recibir una llamada urgente desde una clínica veterinaria, donde se le comunicó la necesidad inmediata de aplicar la eutanasia a su animal de compañía.
El magistrado fundamenta su decisión en que la conducta de la trabajadora responde a una situación crítica e imprevisible. Según consta en el fallo, la falta no responde a un «capricho», sino que se sustenta en razones «sobrevenidas, imprevisibles, humanitarias y éticas».
La agonía del animal frente a la jornada laboral
La sentencia es contundente al valorar el choque entre el poder de dirección de la empresa y la responsabilidad moral de la propietaria. El juez señala que resultaría «inmoral» obligar a una persona a prolongar el sufrimiento de su animal de compañía hasta finalizar su jornada laboral.
En este supuesto concreto, la trabajadora terminaba su turno a las 16:00 horas. El tribunal considera que la urgencia veterinaria justificaba el abandono del puesto, ya que esperar a que concluyera su horario para regresar a casa, recoger a la mascota y trasladarla a la clínica habría supuesto un agravamiento innecesario del padecimiento del animal. Por todo ello, el magistrado invalida el carácter disciplinario del despido y avala la legitimidad de la ausencia atendiendo a las circunstancias extraordinarias del suceso.