Imagen de recurso: El sector químico actualiza sus tablas salariales para 2026. Foto: Pavel Danilyuk
Los trabajadores del sector químico en España percibirán una subida del 3% en sus retribuciones desde el pasado 1 de enero, tras la firma del acta de revisión salarial del XXI Convenio General de la industria química. El acuerdo, publicado hoy en el BOE, confirma también la ausencia de revisión adicional para 2025 al situarse el IPC por debajo de lo pactado, y establece nuevos valores para pluses y dietas.
Por: A. Lagar | Fecha: 19 de febrero de 2026.
La Dirección General de Trabajo ha formalizado la resolución por la que se registra y publica en el BOE el acuerdo de revisión salarial para el presente ejercicio en el sector de la industria química. La Comisión Negociadora, integrada por la federación empresarial FEIQUE y los sindicatos CC. OO. de Industria y UGT-FICA, ha ratificado las tablas que regirán las retribuciones de este colectivo, afectando tanto a los salarios base como a los complementos de nocturnidad, turnicidad y gastos de locomoción.
El acuerdo aplica lo establecido en el actual convenio marco y despeja la incertidumbre sobre la regularización del ejercicio anterior, una vez constatados los datos oficiales de inflación del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Incrementos y ajustes para el ejercicio 2026
De conformidad con el artículo 33.II.c) del convenio, se ha acordado aplicar un incremento salarial del 3% sobre la Masa Salarial Bruta de las empresas del sector a 31 de diciembre de 2025. Sin embargo, no todo este porcentaje irá destinado de forma directa al salario base: las partes han reservado un 0,6% para la gestión de nuevas antigüedades, el ajuste de abanicos salariales entre grupos profesionales y complementos específicos de puesto de trabajo.
Este mismo alza del 3% se traslada a las tablas de Salarios Mínimos Garantizados, a la compensación por trabajo a distancia y a los valores de dietas. Por su parte, los valores mínimos del plus de nocturnidad y los pluses de turnicidad y festivos experimentan una actualización superior, situándose en el 5%.
Tablas de salarios mínimos por grupos profesionales
A partir del 1 de enero de 2026, los salarios mínimos anuales garantizados para el sector de la industria química se estructuran bajo las siguientes cuantías de esta tabla:
| Grupo Profesional | Salario Mínimo Anual (Euros/año) | Mínimo en sistemas de turnos continuos (Euros/año) |
| Grupo 1 | 20.311,46 | 25.023,72 |
| Grupo 2 | 21.733,25 | 26.445,52 |
| Grupo 3 | 23.561,31 | 28.273,56 |
| Grupo 4 | 26.201,81 | 30.914,04 |
| Grupo 5 | 29.856,97 | 34.570,13 |
| Grupo 6 | 34.935,76 | 39.648,00 |
| Grupo 7 | 42.450,95 | 47.163,22 |
| Grupo 8 | 53.825,35 | 58.537,63 |
Plus de nocturnidad, dietas y teletrabajo del sector químico
La revisión también afecta a los conceptos extrasalariales y compensaciones por gastos derivados de la actividad laboral:
- Nocturnidad: El plus mínimo por noche completa trabajada se fija en 15,30 euros.
- Festivos y Turnicidad: El plus de festivo por domingo o festivo completo asciende a 41,48 euros, mientras que la turnicidad se sitúa en 1,68 euros por día efectivo.
- Teletrabajo: Los empleados a jornada completa en régimen de 100% trabajo a distancia percibirán 44,10 euros mensuales de compensación.
- Dietas y Kilometraje: La dieta por realizar dos comidas y pernoctar fuera del domicilio se eleva a 163,06 euros diarios. El precio por kilómetro para el uso de vehículo propio queda establecido en 0,5 euros.
Finalmente, la Comisión Negociadora ha confirmado que no procede realizar una revisión salarial adicional sobre 2025. El IPC real a cierre del pasado año se situó en el 2,9%, lo que supone un 0,1% menos que el incremento del 3% ya aplicado por las empresas, por lo que se mantienen las tablas vigentes hasta dicha fecha sin cambios extraordinarios.
Para más información, puedes consultar la publicación directamente en el Boletín Oficial del Estado del día 19 de febrero de 2026.