La prórroga del bono social eléctrico fija nuevos descuentos del 42,5% y 57,5% y mantiene la prohibición de cortes de luz y agua para hogares vulnerables hasta la entrada en vigor de la nueva estrategia contra la pobreza energética.
Por: A. Lagar | Fecha: 20 de enero de 2026
El escudo social en materia energética seguirá activo un año más. Tras la aprobación en el Consejo de Ministros del pasado 23 de diciembre y su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ha entrado en vigor la prórroga que extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 la protección para los consumidores domésticos. Esta medida, que ahora deberá ser convalidada por el Congreso de los Diputados, tiene dos pilares fundamentales: el mantenimiento de los descuentos en la factura de la luz a través del bono social eléctrico y la garantía de que no se interrumpirán los suministros básicos a las familias en situación de precariedad.
La decisión del Ejecutivo responde a una necesidad detectada en el análisis de la situación económica actual: aunque los precios de la energía han experimentado una moderación significativa respecto a la crisis de precios vivida entre 2021 y 2022 —agravada por la invasión de Ucrania—, todavía existen amplios colectivos con dificultades reales para cubrir sus necesidades energéticas. Según los últimos datos disponibles del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, esta herramienta de protección cuenta ya con más de 1,7 millones de beneficiarios en España.
Nuevos porcentajes de descuento en la factura
Una de las principales novedades de esta prórroga es la actualización de las cuantías de las ayudas. Durante el pico de la crisis inflacionaria, el Gobierno elevó excepcionalmente los descuentos hasta el 65% para consumidores vulnerables y el 80% para vulnerables severos. Tras finalizar ese periodo de excepcionalidad máxima, se ha establecido un esquema de reducción gradual que busca estabilizar el sistema de ayudas sin desproteger a los usuarios.
Para este ejercicio de 2026, el descuento aplicado sobre el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) queda fijado de la siguiente manera:
- Un 42,5% para el consumidor considerado vulnerable.
- Un 57,5% para el consumidor vulnerable severo.
Existe una tercera categoría de máxima protección: los consumidores en riesgo de exclusión social. Para estos hogares, que deben estar atendidos por los servicios sociales de una administración autonómica o local que financie al menos el 50% de la factura, el suministro es esencialmente gratuito, ya que no tendrán que hacer frente al pago de la electricidad.
El objetivo de mantener estas coberturas es servir de puente hasta la implementación definitiva de la nueva Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética, que está prevista para cubrir el periodo 2026-2030 y que redefinirá los mecanismos de asistencia a largo plazo.
Paralelamente a los descuentos directos, la normativa prorroga la prohibición de interrumpir los suministros básicos (electricidad, agua y gas) a aquellos consumidores que tengan la condición de vulnerables, vulnerables severos o estén en riesgo de exclusión. Esta medida, vigente desde 2021, actúa como una red de seguridad para impedir que ningún hogar en situación precaria se quede sin servicios por impago.
Además, la condición de beneficiario del bono social eléctrico a fecha de 31 de diciembre del año anterior otorga automáticamente el derecho a percibir el bono social térmico. A diferencia del eléctrico, que es un descuento mensual, el térmico es una ayuda directa anual financiada por los Presupuestos Generales del Estado, destinada a compensar gastos de calefacción, agua caliente o cocina. La gestión y el pago de esta transferencia corresponde a las comunidades autónomas, y su cuantía varía según la zona climática donde resida el usuario, siendo compatible con otras subvenciones.
Requisitos de acceso: quién puede solicitar la ayuda
Para acceder a estas medidas, el usuario debe tener contratada la tarifa regulada (PVPC) en su vivienda habitual y cumplir con unos criterios de renta y situación familiar específicos, regulados en el Real Decreto 897/2017.
En términos generales, se considera consumidor vulnerable a quien cumpla alguno de los siguientes requisitos:
- Por nivel de renta: Que la renta conjunta anual de la unidad de convivencia sea igual o inferior a 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) de 14 pagas. Este umbral se incrementa si hay menores o personas mayores en el hogar (0,3 por cada adulto adicional y 0,5 por cada menor).
- Pensionistas: Si el titular (y todos los miembros de la unidad con ingresos) perciben la pensión mínima por jubilación o incapacidad permanente y no tienen otros ingresos agregados que superen los 500 euros anuales.
- Familias numerosas: Poseer el título oficial, sin límite de renta.
- Ingreso Mínimo Vital: Ser beneficiario de esta prestación.
Para ser considerado vulnerable severo, los umbrales de renta son más restrictivos, situándose generalmente en el 50% de los establecidos para el consumidor vulnerable estándar.
Para que nos entendamos, y según últimos datos del IPREM de 2025 (fijado en 8.400 euros en 14 pagas), esto podría traducirse en los siguientes ejemplos. Cabe destacar que las cifras a continuación son aproximaciones orientativas para facilitar la comprensión, nunca deben tomarse como términos exactos ni tienen validez legal oficial:
Un adulto solo (sin menores): El tope de ingresos anuales sería de 12.600 euros.
Una familia con un menor: El límite ascendería a 16.800 euros.
Una familia con dos menores: El umbral se situaría en 21.000 euros.
Vulnerable severo (adulto solo): La renta anual no debería superar los 6.300 euros.
En la práctica, esto significa que si vives solo y tus ingresos anuales no alcanzan los 12.600 euros, tendrías derecho a solicitar esta ayuda. De igual modo, en el caso de un hogar formado por una pareja y dos hijos menores, la unidad familiar podría acogerse al descuento si la suma de todos los sueldos de la casa no supera los 21.000 euros al año.
Cómo tramitar la solicitud
La obtención del bono social eléctrico no es automática (salvo en renovaciones específicas), sino que debe solicitarse activamente ante una Comercializador de Referencia (COR). Las grandes eléctricas disponen de estas comercializadoras reguladas específicas para tramitar el PVPC y el bono social.
Para iniciar el trámite, es recomendable consultar el listado oficial de comercializadoras y sus datos de contacto disponible en la sede del Ministerio, ya que la solicitud debe dirigirse directamente a ellas. El procedimiento se puede realizar a través de diversos canales habilitados por las compañías: correo electrónico, teléfono, fax, correo postal o presencialmente en oficinas, si las hubiere. Es fundamental aportar la documentación acreditativa de la situación familiar y de renta. Una vez concedido, y salvo cambio en las circunstancias, el usuario entra en el sistema de protección que, con este nuevo decreto, asegura su cobertura hasta el final de 2026.
La Lupa: El impacto en cifras
El bono social eléctrico en 2025 ha ayudado a proteger a 1,7 millones de familias en España que no cuentan con una situación económica positiva. Sin embargo, estos datos no se pueden considerar un éxito, sino el síntoma de una realidad económica que obliga a muchas familias a depender de ayudas para encender la luz. La futura estrategia 2026-2030 promete reducir la burocracia, pero realmente lo que se necesita es reducir el número de familias que dependen de estas ayudas, lo que nos dará una señal inequívoca de que los ciudadanos han recuperado poder adquisitivo.
Origen de los datos: sitio web de lamoncloa.gob.es. Ministerio de la Presidencia. 19.01.2026