Imagen de recurso: Condenado a 2 años de cárcel a un hombre por un delito de odio en Navarra.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a dos años de prisión y multa a un vecino del valle de Baztan por enviar correos electrónicos discriminatorios a diversas entidades entre 2020 y 2023. El acusado, que reconoció los hechos tras un acuerdo de conformidad, solicitó la sustitución de trabajadores extranjeros y la exclusión de inmigrantes en nuevos contratos.
Por: A. Lagar | 26 de febrero de 2026
La Audiencia Provincial de Navarra ha dictado una sentencia condenatoria contra un hombre que, de forma reiterada, remitió comunicaciones electrónicas a empresas para promover la exclusión laboral de personas inmigrantes. Los hechos han sido calificados como un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas, concurriendo una atenuante muy cualificada de reparación del daño.
Acciones de discriminación y hostilidad
Según el relato de hechos, el procesado actuó con la «firme voluntad de impulsar y estimular activamente la discriminación». El sistema empleado consistía en responder a ofertas de empleo publicadas en internet con escritos donde conminaba a las empresas a contratar únicamente a personas nacionales y a sustituir a los inmigrantes de sus plantillas. En sus comunicaciones, especificaba que no debía contratarse a personas de origen marroquí.
La resolución judicial señala que el acusado pretendía extender un sentimiento de rechazo social. Para ello, anunciaba la creación de listados de empresas con personal extranjero para que el público tuviera conocimiento de ello, vinculando esta información al consumo de forma velada. Esta actividad tuvo una repercusión notoria en redes sociales, generando comentarios de terceros y el rechazo de personas que denunciaron la naturaleza discriminatoria de los mensajes.
Reparación del daño y conformidad
Con anterioridad a la celebración del juicio el pasado día 16, el encausado inició un proceso de reparación del daño mediante el envío de un nuevo correo a las entidades afectadas. En dicha comunicación, el procesado pidió disculpas por haber contribuido al «clima de odio y prejuicio», reconoció su responsabilidad penal y se comprometió a promover un entorno de respeto y convivencia. Textualmente:
«Por este medio, quisiera disculparme porque entiendo que el contenido del mismo ha contribuido al clima de odio y prejuicio hacia la comunidad de inmigrantes, y ha causado un dolor significativo y un sentimiento de inseguridad y rechazo hacia los mismos. Le comunico que voy a reconocer mi responsabilidad en los hechos de acusación en la causa penal dirigida contra mí por estos hechos, ya que, además, ello contribuye a mi compromiso de promover un entorno de respeto, tolerancia y convivencia, propias de nuestro Estado social y democrático de Derecho”
Este reconocimiento y la rectificación posterior han permitido la aplicación de la atenuante muy cualificada de reparación del daño en la fijación de la pena.
Fallo judicial y medidas educativas
De conformidad con el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y la defensa, la Audiencia Provincial ha impuesto las siguientes sanciones:
- Pena de prisión: 2 años.
- Pena de multa: 720 euros.
- Suspensión de la ejecución: El tribunal ha acordado suspender la entrada en prisión del condenado bajo la condición de que no vuelva a delinquir en un plazo de 2 años.
- Medida educativa: El penado queda obligado a cumplir un programa formativo específico en materia de igualdad.