Imagen de recurso: La sentencia ratifica el delito de estafa pero absuelve de intrusismo.
El Tribunal Superior de Justicia ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Segovia contra una mujer que cobró 2.000 euros a ciudadanos extranjeros por trámites de extranjería que fueron denegados. La resolución confirma la pena de prisión y la obligación de indemnizar a cuatro perjudicados, aunque mantiene la absolución por el delito de intrusismo.
Por: A. Lagar | 18 de marzo de 2026
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de dos años de prisión impuesta a una asesora jurídica por un delito de estafa. El tribunal ratifica así el fallo previo de la Audiencia Provincial de Segovia, que consideró probado que la acusada engañó a personas en situación irregular para obtener un beneficio económico bajo la promesa de regularizar su situación administrativa.
La resolución judicial también mantiene la responsabilidad de la condenada, quien deberá indemnizar con 2.000 euros a cada uno de los cuatro perjudicados identificados en la causa. No obstante, el tribunal ha confirmado la absolución de la acusada respecto al delito de intrusismo que también se le imputaba.
Hechos probados y engaño
Según los hechos probados, la acusada gestionaba una asesoría fiscal, contable y jurídica. Entre febrero y abril de 2021, contactó con extranjeros en situación irregular ofreciéndose como abogada —pese a no poseer la titulación ni estar colegiada— para gestionar autorizaciones de residencia por arraigo social. A cambio de 2.000 euros, prometía conseguirles contratos de trabajo e incluso llegó a empadronar a los clientes en su propia oficina.
El tribunal razona que el engaño determinante consistió en hacer creer a los perjudicados que era abogada y que los contratos proporcionados eran «reales y verdaderos». La sentencia destaca que la elevada cuantía solicitada (2.000 euros) no correspondía a servicios de gestión administrativa ordinaria, los cuales podrían haberse obtenido en cualquier gestoría por un precio sensiblemente inferior.
Fundamentos jurídicos de la estafa
La Sala concluye que se reúnen todos los requisitos de los artículos 248 y 249 del Código Penal para la comisión del delito de estafa. La resolución señala que:
- La acusada proporcionó datos falsos a los interesados para inducirles a la entrega del dinero.
- Entregó contratos laborales en una misma empresa a cuatro de los afectados para solicitar autorizaciones de residencia por arraigo social, las cuales fueron denegadas.
- No existió una participación personal de la acusada en la representación de los extranjeros ante la Subdelegación del Gobierno, ni de forma telemática ni presencial.
- La condenada se negó a reintegrar las cantidades percibidas tras el fracaso de las gestiones.
La Sentencia no es firme y puede ser recurrida.







