Imagen de recurso: La Audiencia de Navarra condena a dos años de prisión a un hombre que reconoció haber acosado y agredido sexualmente a una amiga.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a dos años de prisión a un hombre por delitos de agresión sexual, acoso y lesiones hacia una mujer en Pamplona. La sentencia, dictada tras un acuerdo de conformidad entre las partes, impone además una orden de alejamiento de 15 años y el pago de una indemnización por responsabilidad civil.
Por: A. Lagar | 25 de febrero de 2026
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha dictado una sentencia de conformidad por la que condena a un hombre de nacionalidad española a dos años de prisión por un delito de agresión sexual con violencia. La resolución judicial incluye asimismo dos multas de 1.440 euros cada una por sendos delitos de acoso y lesiones, tras el reconocimiento de los hechos por parte del procesado al inicio del juicio oral celebrado el pasado día 10.
Hechos probados y calificación jurídica
La relación entre ambos se inició en 2017 como una amistad derivada de la escolarización de sus hijas en un mismo centro de Pamplona. Según la resolución, el encausado comenzó a reclamar una atención creciente, exigiendo a la mujer que abandonara a su marido. Ante la negativa de esta, el hombre inició una conducta de chantaje y amenazas dirigidas hacia el cónyuge de la víctima.
El 9 de enero de 2020, el procesado acudió al domicilio de la mujer y, tras acceder al interior, cometió la agresión sexual. Como consecuencia, la víctima sufrió lesiones que requirieron 30 días para su curación. Con posterioridad, el condenado mantuvo una actitud de atosigamiento y control de movimientos que obligó a la denunciante a modificar sus rutinas diarias, generándole una sintomatología ansiosa y depresiva.
Acuerdo de conformidad y penas
Al comienzo de la vista, el inculpado reconoció los delitos, pidió perdón expresamente a la víctima y manifestó su voluntad de no volver a delinquir. Este reconocimiento permitió un acuerdo entre las acusaciones y la defensa, por el cual se aplicaron las atenuantes de reparación del daño y confesión tardía.
Las penas acordadas son las siguientes:
- Agresión sexual con violencia: 2 años de prisión.
- Delito de acoso: Multa de 1.440 euros.
- Delito de lesiones: Multa de 1.440 euros.
- Responsabilidad civil: Indemnización de 40.000 euros por daño moral (de los cuales 20.000 euros ya han sido consignados).
- Medidas de seguridad: Prohibición de comunicación y aproximación a menos de 50 metros durante 15 años, además de 5 años de libertad vigilada.
Suspensión de la ejecución
La ejecución de la pena de prisión ha quedado suspendida bajo cuatro condiciones obligatorias: el condenado no podrá delinquir en un plazo de cuatro años, deberá abonar los 20.000 euros restantes de la indemnización en cuotas mensuales de 500 euros, respetará íntegramente las prohibiciones de aproximación y comunicación, y deberá cursar un programa de formación en materia de educación sexual.