Si eres autónomo o gestionas una pyme, 2026 no es un año más. Hacienda ha pisado el acelerador de la digitalización y ha cambiado las reglas de juego para varios modelos que antes eran anuales y ahora pasan a ser mensuales. Para que no te marees con tanto número, en Capitán News hemos desgranado el calendario oficial para que sepas qué presentar, cuándo y cómo.
Por: Alejandra L. | 28 de diciembre de 2025
Hacienda no solo quiere saber cuánto ganas, sino que ahora quiere saberlo mes a mes. Este año, la gran novedad es la «mensualización» de la información. Si te descuidas con los plazos, las sanciones no perdonan. Vamos a ver cómo queda tu agenda fiscal.
La rutina: ¿Trimestral o Mensual?
La mayoría de los autónomos seguiréis con el ritmo de siempre, pero ojo si tu negocio ha crecido:
- Trimestral: Para autónomos en módulos o estimación directa, profesionales y sociedades «normales».
- Mensual: Obligatorio para las Grandes Empresas (las que facturaron más de 6.010.121,04 € en 2025) y aquellos acogidos al SII (Suministro Inmediato de Información).
Los «estrenos» de 2026: Nuevos modelos y cambios de plazo
Aquí es donde la mayoría puede tropezar. Toma nota de estos cambios de última hora:
| Modelo | ¿Qué es? | Novedad 2026 |
| Modelo 170 | Pagos con tarjeta y móvil | ¡Pasa a ser mensual! Se presenta el mes siguiente a la operación. |
| Modelo 196 | Cuentas bancarias | ¡Pasa a ser mensual! Antes era anual. Ojo con los rendimientos de capital. |
| Modelo 185 | Cotizaciones Seguridad Social | Nuevo modelo mensual. Se presenta en los 10 primeros días del mes. |
| Modelo 242 | Impuesto Complementario | Estreno absoluto. La primera autoliquidación: del 1 al 27 de julio de 2026. |
Cita con la Renta 2025: Fechas clave
Prepara los papeles, porque la campaña de 2026 (correspondiente al ejercicio 2025) ya tiene fechas cerradas:
- 8 de abril hasta el 30 de junio: Plazo para presentar tu declaración por Internet.
- 6 de mayo: Apertura del servicio para que la AEAT te haga la declaración por teléfono (pide cita desde el 29 de abril).
- 1 de junio: Inicio de la atención presencial en oficinas (pide cita desde el 29 de mayo).
¿Cómo te identificas? No todo vale
Hacienda se pone seria con la seguridad digital. Las S.A. y S.L. están obligadas a usar certificado electrónico. Si eres persona física (autónomo), tienes más opciones: Certificado, DNI electrónico o Cl@ve. El famoso «Número de Referencia» sigue vivo, pero recuerda que solo sirve para gestiones del IRPF.
El «balón de oxígeno» de los días inhábiles
Una buena noticia: si el vencimiento cae en sábado, domingo o festivo (local o nacional), el plazo se traslada al primer día hábil siguiente.
Excepción importante: Si usas el Modelo 369 (ventas online en la UE), el plazo NO varía. Si cae en domingo, ese es el último día. No te confíes.
Preguntas Frecuentes
¿Qué pasa con el Modelo 390 (Resumen anual del IVA)?
Muchos autónomos están exonerados de presentarlo si realizan liquidaciones trimestrales, tributan solo en territorio común y están en régimen simplificado o arrendamiento urbano. También se libran quienes ya están en el SII.
¿Puedo seguir usando mi Cl@ve para todo?
Si eres persona física, sí. Pero recuerda que las sociedades (SL o SA) no pueden usar Cl@ve; necesitan obligatoriamente el certificado electrónico de representante para cualquier trámite con la AEAT.
¿Qué es el nuevo Modelo 170?
Es una declaración que deben presentar los empresarios adheridos a sistemas de cobro con tarjeta o móvil (como Bizum para empresas). La gran novedad es que ahora es mensual. Tendrás que informar de tus cobros el mes siguiente al que se realicen.