Imagen de recurso: Se aprueban las bases para las ayudas en programas de talento de ICEX
La nueva normativa para las ayudas en programas de talento centraliza la gestión de las becas ICEX y el proyecto ICEX Vives bajo un marco común. El Ministerio de Economía busca con esta orden reforzar el capital humano especializado para mejorar la competitividad de las empresas españolas en los mercados exteriores.
Por: A. Lagar | Fecha: 17 de febrero de 2026.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes la Orden ECM/97/2026, de 13 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de los ayudas en programas de talento para la internacionalización de ICEX España Exportación e Inversiones. Esta disposición tiene como objetivo principal identificar, seleccionar y formar a jóvenes profesionales para facilitar su inserción laboral en el ámbito del comercio exterior y la expansión internacional.
La norma unifica la regulación de programas estratégicos como las Becas de Internacionalización Empresarial y el Proyecto ICEX Vives. Según el texto oficial, el refuerzo del capital humano especializado es indispensable para consolidar una economía más abierta y diversificada, especialmente en un contexto global complejo que demanda competencias digitales y una formación técnica sólida.
Objetivos operativos y colectivos beneficiarios
La orden ministerial define una serie de objetivos específicos alineados con la Estrategia de Internacionalización de la Economía Española 2017-2027. Entre ellos destacan el fomento de la movilidad internacional, el impulso de la formación en competencias clave y la puesta a disposición de las empresas españolas de profesionales cualificados que mitiguen la actual carencia de talento especializado.
Podrán acceder a estas ayudas las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos generales:
- Poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y residir en España.
- Ser mayor de edad, con los límites que se especifiquen en cada convocatoria.
- Contar con la titulación académica requerida (universitaria o de formación profesional).
- Carecer de antecedentes penales y no padecer limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con la actividad.
Además, las convocatorias podrán incluir una reserva de hasta el 5% de las plazas para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, promoviendo así la inclusión social en el tejido empresarial.
Cuantía y naturaleza económica de las subvenciones
Las subvenciones se configuran como disposiciones dinerarias destinadas a sufragar los gastos de formación y estancia, sin que en ningún caso tengan la consideración de salario o remuneración profesional. La cuantía individualizada se calculará anualmente en función del nivel de vida de los países de destino, los costes de transporte y los visados.
Los beneficiarios deberán utilizar la ayuda para cubrir el desplazamiento de ida y vuelta, así como el alojamiento y la manutención en la ciudad de destino. Por su parte, ICEX asumirá directamente el coste del seguro de accidente y asistencia en viaje. La orden contempla la posibilidad de realizar pagos anticipados antes de la justificación de las actividades, y establece que estas ayudas son incompatibles con cualquier otra actividad remunerada o subvención para la misma finalidad, salvo becas de estudios oficiales.
Procedimiento de selección y criterios de valoración
La concesión de las ayudas en programas de talento se realizará mediante un régimen de concurrencia competitiva. Un Comité de Evaluación, compuesto por representantes de diversas áreas de ICEX y presidido por la persona titular de la Dirección de Talento para la Internacionalización, será el encargado de baremar las solicitudes.
Los criterios de valoración, que se detallarán en cada convocatoria, incluirán:
- Pruebas de habilidades lógicas, numéricas y de expresión escrita.
- Acreditación de un nivel avanzado de inglés (mínimo B2 del MCERL).
- Evaluación de la adecuación del perfil a los objetivos del programa.
- Méritos académicos adicionales.
El plazo máximo para resolver y notificar la concesión será de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Aquellas resoluciones que pongan fin al procedimiento podrán ser recurridas en reposición o ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Justificación, reintegro y fondos europeos
La normativa aprobada prevé la cofinanciación de estos programas a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), conforme al Programa Plurirregional de España 2021-2027. Esto obliga a los beneficiarios a cumplir estrictos protocolos de publicidad y prevención de fraude vinculados al uso de fondos comunitarios.
El incumplimiento de las obligaciones, el abandono no justificado del programa o una conducta perjudicial para los intereses de España en el exterior darán lugar al reintegro de las cantidades percibidas más los intereses de demora correspondientes. Con la entrada en vigor de esta orden, quedan derogadas las normativas anteriores de 2020 y 2022 que regulaban por separado las becas ICEX y el proyecto ICEX Vives, unificando así el marco jurídico para el desarrollo del talento internacional.






