Imagen de recurso: El autor del asesinato de Salwa acepta 41 años de prisión tras confesar el crimen.
El acusado ha reconocido ante la Audiencia Provincial la autoría de la muerte de su esposa en Logroño y el intento de ahogar a sus tres hijos en el río Ebro. El acuerdo de conformidad evita la celebración del juicio con jurado popular y establece indemnizaciones millonarias y la pérdida de la patria potestad.
Por: A. Lagar | Fecha: 10 de febrero de 2026
El proceso judicial por el crimen machista cometido en Logroño el 8 de julio de 2023 ha concluido sin la necesidad de celebrar la vista oral. El hombre acusado del asesinato de Salwa, su esposa, y de intentar matar a sus tres hijos menores de edad arrojándolos al río Ebro, ha aceptado una condena de 41 años y 3 meses de prisión.
La resolución del caso se ha producido tras un acuerdo de conformidad ratificado ante la Magistrada Presidente del Tribunal. En la comparecencia, el procesado ha reconocido íntegramente los hechos que se le imputaban, asumiendo la autoría tanto del feminicidio como de los tres delitos de homicidio en grado de tentativa y el maltrato habitual. Ante este reconocimiento expreso y la validación del pacto entre la defensa y las acusaciones, la magistrada ha declarado innecesaria la constitución del Tribunal del Jurado y la celebración del juicio, que estaba programado para comenzar el próximo 13 de febrero.
Desglose de las penas y calificación jurídica
La sentencia de conformidad estructura la condena en tres bloques diferenciados, sumando un total superior a las cuatro décadas de privación de libertad. Por el delito de asesinato consumado contra su esposa, se le impone una pena de 22 años y 6 meses de prisión. En este apartado, el acuerdo ha contemplado la aplicación de la atenuante de confesión, aunque esta reducción se ha contrapesado con la aplicación de las agravantes de parentesco y de género, reconociendo así la naturaleza machista del crimen.
Por los ataques contra los menores, calificados como tres delitos de homicidio en grado de tentativa, el tribunal ha fijado una pena de 6 años de cárcel por cada uno de los hijos, lo que suma 18 años adicionales. Finalmente, se añaden 9 meses de prisión por un delito continuado de maltrato habitual en el ámbito de la violencia sobre la mujer, certificando la existencia de un contexto de violencia previo al día de los hechos.
Además de la pena privativa de libertad, el fallo judicial conlleva consecuencias directas sobre la relación filial. El acuerdo recoge la privación absoluta de la patria potestad del acusado respecto a sus tres hijos, cortando legalmente los derechos parentales sobre los menores que intentó asesinar.
Responsabilidad civil y medidas de alejamiento
La sentencia incluye una vertiente económica significativa en concepto de responsabilidad civil, destinada a reparar el daño causado a las víctimas directas e indirectas. El condenado ha aceptado indemnizar a sus tres hijos con una suma total de 1.200.000 euros. Asimismo, deberá abonar 200.000 euros a los padres de la víctima fallecida, Salwa.
En cuanto a las medidas de protección y alejamiento, el tribunal ha establecido un riguroso calendario de prohibiciones que se extenderá mucho más allá del cumplimiento de la condena de prisión. Se le prohíbe residir en la misma localidad donde vivan sus hijos o los familiares de la víctima.
También se le impone la prohibición de comunicarse con ellos o aproximarse a menos de 1.000 metros. Los plazos de estas restricciones se acumulan de la siguiente manera:
- Por el asesinato: 10 años de alejamiento una vez cumplida la pena de prisión de 22 años y 6 meses.
- Por las tentativas de homicidio: 10 años de alejamiento adicionales y 5 años de libertad vigilada.
- Por el maltrato habitual: 5 años de alejamiento y otros 5 años de libertad vigilada.
En cómputo total, las medidas de seguridad suman 25 años de prohibición de aproximación y 10 años de libertad vigilada, que se ejecutarán tras su salida de prisión.
Relato de los hechos: un plan preconcebido
El escrito de calificación conjunta, asumido por el acusado, describe una secuencia de hechos marcada por la planificación y la crueldad. El 8 de julio de 2023, ejecutando un plan diseñado previamente, el hombre llevó a sus tres hijos a la biblioteca pública Rafael Azcona de Logroño. Su objetivo era dejarlos allí solos para apartarlos del domicilio familiar y tener vía libre para actuar contra su esposa.
Acto seguido, regresó a la vivienda donde se encontraba Salwa. Allí la atacó de forma sorpresiva con la intención inequívoca de acabar con su vida. El relato de hechos probados detalla que la mujer sufrió una muerte «dolorosa y agónica», provocada por golpes con objetos contundentes y múltiples cuchilladas. La sentencia destaca que el agresor causó heridas en zonas no necesariamente vitales que prolongaron innecesariamente el padecimiento de la víctima antes de morir.
El traslado al río Ebro
Tras asegurar el fallecimiento de su esposa, el acusado procedió a limpiarse y cambiarse de ropa para borrar rastros inmediatos de sangre. Regresó a la biblioteca, recogió a los menores y los trasladó en autobús hasta la ribera del río Ebro.
Una vez en el lugar, intentó acabar con la vida de los tres niños arrojándolos al cauce, «a sabiendas de que ninguno sabía nadar», según consta en los hechos probados. La tragedia mayor se evitó gracias a que el hijo menor logró salir del agua y pedir auxilio, mientras que las dos hijas fueron rescatadas por personas que se encontraban en las inmediaciones. Los tres resultaron ilesos físicamente.
La intervención policial fue inmediata tras la alerta de los testigos. En el mismo lugar de los hechos, el acusado confesó a los agentes haber matado a su mujer y señaló la ubicación del cadáver en el domicilio familiar, lo que ha motivado la aplicación de la atenuante de confesión en la sentencia final. El texto judicial también ratifica que, durante los últimos años de convivencia, el hombre había sometido a Salwa a un clima habitual de violencia física y psicológica.
🔍 La Lupa: La conformidad penal
La sentencia de conformidad es una figura procesal que permite finalizar el proceso penal de forma anticipada si el acusado reconoce los hechos y acepta la pena solicitada por las acusaciones. En casos graves como este, su principal efecto práctico es evitar la celebración del juicio con Jurado Popular, reduciendo la revictimización de los afectados —en este caso, los hijos no tendrán que declarar— y agilizando la firmeza del fallo. No obstante, el acuerdo no ha implicado laxitud: la resolución destaca por su elevado rigor punitivo, ratificando una pena superior a las cuatro décadas de prisión. El fallo evidencia así la contundencia de la respuesta judicial frente a la extrema gravedad de la violencia, garantizando que la agilidad procesal no suponga una merma en la severidad del castigo.