Por: Redacción Alejandra L. | Fecha: 25 de diciembre, 2025
Ampliación de los módulos en 2026.
El Real Decreto-ley 16/2025 trae una de las noticias más esperadas por cientos de miles de pequeños empresarios y trabajadores por cuenta propia: el sistema de Estimación Objetiva, conocido popularmente como «los Módulos», se mantiene un año más con sus límites ampliados.
Hacienda ha decidido prorrogar para el ejercicio 2026 los topes de facturación que permiten tributar por este sistema simplificado. De no haberse aprobado esta medida hoy, los umbrales habrían bajado drásticamente el 1 de enero, obligando a miles de autónomos a pasar al sistema de Estimación Directa (más complejo y costoso fiscalmente).
Los límites para seguir en Módulos en 2026
El texto legal confirma que se mantienen las cuantías excluyentes vigentes. Para que un autónomo pueda seguir tributando por Módulos en 2026, no deberá haber superado en el año anterior los siguientes ingresos íntegros:
- Límite General: 250.000 euros anuales. Este es el tope máximo de ingresos para el conjunto de actividades económicas (excepto las agrícolas, ganaderas y forestales).
- Límite de facturación a empresas: 125.000 euros anuales. Si eres autónomo y tus clientes son otras empresas o profesionales (y por tanto, tienes que emitir factura), no puedes superar esta cifra.
- Límite para Compras: 250.000 euros anuales. También se quedan fuera del sistema quienes superen este volumen en compras de bienes y servicios.
El dato clave: Si no se hubiera aprobado esta prórroga, los límites habrían caído a 150.000€ y 75.000€ respectivamente, expulsando del sistema a transportistas, hosteleros y pequeños comerciantes.
Sector Agrario y Ganadero
Para el sector primario, el decreto también tiene letra pequeña. Se mantienen los límites específicos para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que podrán seguir en el régimen especial si su volumen de ingresos no supera los 250.000 euros anuales.
Prohibición de despedir por causas energéticas
En el ámbito laboral, el Gobierno extiende el llamado «blindaje del empleo» vinculado a las ayudas públicas. El artículo del decreto es claro: aquellas empresas beneficiarias de ayudas directas relacionadas con el aumento de costes energéticos o por la invasión de Ucrania no podrán despedir alegando causas objetivas relacionadas con dicho aumento de costes.
- Vigencia: Esta medida se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Consecuencias: Si una empresa incumple esta obligación y despide a un trabajador alegando, por ejemplo, que «la luz está muy cara», deberá reintegrar la totalidad de las ayudas recibidas. Además, en la práctica judicial, estos despidos suelen ser declarados improcedentes o nulos.
ERTEs y Fuerza Mayor
Asimismo, se prorroga la medida que impide justificar despidos por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción) en aquellas empresas que se estén acogiendo a medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos (ERTEs) por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y el coste de la energía. El objetivo es que las empresas utilicen los mecanismos de flexibilidad interna (ERTE) en lugar de destruir empleo.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Tengo que hacer algún trámite para seguir en Módulos en 2026 si cumplo los requisitos?
No. La prórroga es automática. Si no has renunciado al sistema en diciembre y tus ingresos de 2025 no superaron los 250.000€ (o 125.000€ si facturas a empresas), seguirás en Estimación Objetiva en 2026.
Soy transportista y facturo a empresas, ¿cuál es mi límite?
Tu límite es de 125.000 euros anuales. Es una cifra crítica para el sector del transporte ligero. Si la superas, pasarás obligatoriamente a Estimación Directa el año siguiente.
Si mi empresa recibe ayudas por la crisis energética, ¿pueden despedirme?
La empresa tiene prohibido realizar despidos objetivos alegando el aumento de costes energéticos hasta el 31 de diciembre de 2026. Si lo hace, tendrá que devolver las ayudas y el despido podría ser impugnado con mayores garantías para ti.