Recreación digital de recurso
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirma la condena de 13 años de cárcel para un hombre que agredió sexualmente a una menor de 16 años con discapacidad en Pamplona.
Por A. Lagar | 12 de julio de 2026
La justicia de Navarra ha dejado las cosas claras.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado la condena que la Audiencia Provincial ya había dictado contra un hombre por agredir sexualmente a una menor de 16 años en Pamplona.
El tribunal ha rechazado el recurso de la defensa y mantiene los 13 años de prisión para el procesado.
El caso ocurrió el 28 de febrero de 2025.
El condenado, de nacionalidad argelina y en situación irregular en España, se encuentra en la cárcel desde abril de 2025.
El castigo no se queda solo en los años entre rejas; la resolución judicial incluye la expulsión de España del implicado una vez que cumpla la mitad de la pena en prisión, y no podrá volver a pisar suelo español durante 10 años.
¿Cómo se desarrollaron los hechos en Pamplona?
La víctima es una menor que tiene reconocida una discapacidad del 56% debido a que padece el síndrome de Gilles de la Tourette, una enfermedad que le provoca tics continuos, tanto de movimientos como de sonidos vocales involuntarios.
El tribunal detalla que estas dificultades conductuales y emocionales son visibles para cualquiera que hable con ella.
Sobre las 14 horas de aquel día, la joven salía de su tratamiento en el hospital de día cuando el agresor se cruzó con ella.
El hombre intentó convencerla para ir a su casa diciéndole que era guapa y pidiéndole besos.
Ella le dijo que no, pero él la agarró de la mano y tiró con fuerza por la calle hasta llevarla a la habitación de alquiler donde vivía.
La menor sufrió un bloqueo emocional durante el trayecto, un estado que el agresor aprovechó para cometer dos violaciones dentro del inmueble.
¿Qué pruebas han convencido a los magistrados?
La defensa del acusado intentó tumbar la primera sentencia, pero el tribunal ha respaldado el testimonio de la menor por considerarlo firme y sin fisuras.
Los jueces explican que la joven no ha cambiado su versión en ningún momento del proceso judicial.
El tribunal descarta que existan motivos ocultos en la denuncia, como sentimientos de venganza o mentiras inventadas.
Además, los psicólogos forenses avalaron que el relato de la víctima es coherente y lógico.
Hay dos datos clave que terminaron de desmontar la versión del acusado:
- La huida de la víctima: La menor aprovechó un descuido de su agresor para salir corriendo de la casa. El miedo era tal que se dejó allí el abrigo y la mochila, y un vecino tuvo que abrirle la puerta del portal porque ella no podía debido al pánico.
- La fuga a Francia: El agresor también abandonó el piso a toda prisa dejando sus cosas y cruzó la frontera. Aunque él afirmó en el juicio que se fue a Francia para celebrar el Ramadán, la sala concluye que su intención era escapar de la policía. De hecho, la Gendarmería francesa lo detuvo un mes y medio después gracias a una orden europea de detención.
¿Cuáles son las medidas adicionales impuestas por el tribunal?
Aparte de los 13 años de cárcel y la posterior expulsión del territorio español, la sentencia ratificada por el tribunal navarro establece varias medidas de protección obligatorias para la víctima:
- Orden de alejamiento: El condenado no podrá acercarse a menos de 300 metros ni comunicarse con la joven durante un periodo de 20 años.
- Libertad vigilada: Una vez que cumpla su tiempo en prisión, tendrá 8 años de control judicial.
- Indemnización civil: El agresor debe pagar 80.000 euros a la menor por los daños morales causados.
La resolución todavía no es firme del todo, ya que la defensa tiene la opción de presentar un último recurso ante el Tribunal Supremo.