Imagen de recurso.
La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha impuesto penas de 9 y 6 meses de prisión a dos policías forales tras quedar acreditada la agresión a un arrestado en los calabozos de Tudela. La sentencia considera probado que uno de los policías propinó puñetazos al detenido mientras el otro, a pesar de su experiencia, «pudo y debió impedir lo ocurrido» y no intervino.
Por: A. Lagar | 17 de abril de 2026
El tribunal ha dictado una sentencia condenatoria basada en las grabaciones de las cámaras de seguridad de la propia comisaría, que registraron los hechos ocurridos el 12 de febrero de 2025. Los magistrados describen la actuación como un «claro acto de dominación arbitraria y abuso de poder». El principal acusado, identificado como el agente 979, accedió al calabozo para zarandear y golpear repetidamente al detenido, llegándolo a arrastrar de las piernas para lanzarlo al suelo, donde quedó engrilletado a la espalda y con el rostro ensangrentado.
Por estos hechos, este agente ha sido condenado a 9 meses de cárcel por un delito contra la integridad moral y a una multa de 600 euros por lesiones leves. La víctima sufrió hematomas en el puente nasal, erosiones en la espalda y contusiones en las rodillas. Además de la pena de prisión, el tribunal le impone tres años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
La responsabilidad por omisión de un agente veterano
La resolución judicial es especialmente contundente con el segundo condenado, el agente 570. Con 26 años de trayectoria en el cuerpo, los jueces le consideran «tan responsable como el anterior» por haber presenciado la agresión a escasa distancia sin realizar «un gesto, una indicación o una advertencia» para detener a su compañero.
La Audiencia ha rechazado su versión exculpatoria, señalando que, dada su veteranía, no solo percibió los movimientos, sino que fue «testigo directo» de la violencia. Por omitir su deber de impedir actos vejatorios, se le ha impuesto una pena de 6 meses de prisión y dos años de inhabilitación profesional. El tribunal recuerda que los servidores públicos tienen la obligación de salvaguardar la integridad de quienes se hallan bajo su custodia, independientemente de si el detenido muestra una actitud provocativa.
Absolución para un agente en prácticas
En contraste, la Audiencia ha absuelto a un tercer policía que también se encontraba presente. Los magistrados han tenido en cuenta que este agente apenas llevaba 25 días en el cuerpo y se mostró «dubitativo e inseguro» ante la actuación de sus superiores. La sentencia aplica un «estándar de razonabilidad» al considerar que, dada su nula experiencia, no le era exigible jurídicamente enfrentarse a dos agentes veteranos que llevaban la iniciativa.
El fallo subraya que, aunque el detenido presentó un comportamiento «desafiante y grosero», otros muchos agentes supieron reconducir la situación con profesionalidad y calma, marcando la pauta de lo que es exigible a un funcionario.
Indemnizaciones de los policías forales
En cuanto a la responsabilidad civil, el agente que ejecutó los golpes deberá abonar 3.850 euros por las lesiones y secuelas físicas. De forma conjunta, ambos condenados deberán indemnizar al afectado con otros 4.000 euros por el daño moral causado. La sentencia declara al Gobierno de Navarra como responsable civil subsidiario del pago de estas cantidades.
Esta resolución no es firme, ya que las partes aún pueden interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).