Imagen de recurso: Publicado el nuevo convenio de Bridgestone Hispania 2024-2026
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el III Convenio Colectivo de Bridgestone Hispania Manufacturing, SL, que regula las condiciones laborales de sus centros de Basauri, Burgos, Galdácano y Puente San Miguel. El acuerdo establece una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, fija incrementos salariales ligados al IPC y regula mecanismos de flexibilidad de jornada positiva y negativa según las necesidades de producción.
Por: A. Lagar | 13 de marzo de 2026
La Dirección General de Trabajo ha oficializado el registro y publicación del texto suscrito entre la dirección de Bridgestone y las secciones sindicales de UGT, CC. OO. y BUB. Este marco normativo sustituye compromisos anteriores y se aplica a toda la plantilla, a excepción de la alta dirección, consolidando un modelo de organización basado en la valoración de tareas y la flexibilidad operativa.
Ámbito temporal y revisión salarial
El convenio tiene efectos desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026. Para el ejercicio 2025, se han actualizado las tablas salariales con un incremento del 2,8 % respecto al año anterior. De cara a los próximos años, se establecen las siguientes revisiones:
- Enero de 2026: Incremento equivalente al IPC interanual de diciembre de 2025.
- Enero de 2027: Incremento equivalente al IPC interanual de diciembre de 2026.La norma garantiza que, en caso de IPC negativo, las tablas salariales no sufrirán descensos.
Flexibilidad de jornada y producción
El convenio introduce también un sistema de flexibilidad de jornada para ajustar la producción a la demanda.
- Flexibilidad positiva: Permite incrementar la jornada de referencia hasta en cinco días anuales (mediante días completos o fracciones de 10 a 20 minutos diarios). Se activa cuando el volumen de producción adjudicado supera la capacidad ordinaria o los inventarios bajan de niveles críticos.
- Flexibilidad negativa: Permite reducir la jornada hasta en veinte días al año cuando los pedidos disminuyan o existan excedentes de inventario. El descuento salarial por estos días es gradual: del 75 % (días 1 al 6), 50 % (días 7 al 13) y 25 % (días 14 al 20).
En materia de descanso, el convenio mantiene 22 días laborables de vacaciones generales, a los que se pueden añadir días adicionales dependiendo del sistema de turnos asignado a cada trabajador, según establece el texto publicado en el BOE.
Estructura salarial y cuantías para 2025
La retribución se basa en un sistema de Valoración de Tareas que divide los salarios en Escalones (factores fundamentales) y Posiciones (condiciones modificativas por penosidad o riesgo).
Tabla Salarial 2025 (Personal Operario)
| Escalón | Salario Calificación (Euros/mes) | Base Reguladora Prima (Euros/hora) |
| 0 | 1.992,23 | 8,59 |
| 1 | 1.834,78 | 8,59 |
| 2 | 1.722,18 | 8,59 |
| 3 | 1.645,17 | 8,59 |
| 4 | 1.601,27 | 8,59 |
| 5 | 1.568,10 | 8,59 |
Según las tablas retributivas del convenio colectivo, los principales complementos salariales para 2025 incluyen los siguientes conceptos:
| Concepto | Importe |
| Plus Nocturnidad (día) | 36,66 € |
| Plus Turno (mes) | 73,34 € |
| Plus Sábado/Domingo (día) | 82,88 € |
| Plus Festivo (día) | 89,97 € |
| Plus AM (Mantenimiento Autónomo) | 30,00 € |
Igualdad y protección LGTBI
El convenio incorpora un artículo específico (31 bis) que desarrolla medidas para la igualdad real de las personas trans y la garantía de derechos LGTBI. La empresa se compromete a:
- Respetar el nombre sentido de las personas trans en comunicaciones internas (cuadrantes, correo, tarjetas).
- Asignar una persona referente para gestionar la diversidad y trámites derivados del cambio registral.
- Implementar un protocolo de tolerancia cero ante comportamientos LGTBIfóbicos.
Se mantiene el Plan de Pensiones de Promoción Conjunta, con una aportación anual de la empresa del 2 % de la masa salarial. Además, se recogen ayudas por discapacidad (hasta 150 €/mes según grado) y subvenciones para guardería de 60 € mensuales por hijo.
REFERENCIA. Resolución de 2 de marzo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Bridgestone Hispania Manufacturing, SL (BOE-A-2026-5979).