Imagen de recurso: Las tablas salariales del taxi suben un 2,9 % en 2026.
La Dirección General de Trabajo ha registrado y publicado el acuerdo que establece las tablas salariales para el año 2026 del Convenio colectivo nacional para el sector de Auto-Taxis. La norma afecta a conductores, personal de administración, de emisoras y de talleres, fijando un incremento del 2,9 % respecto a las tablas de 2025. Las nuevas cuantías y los atrasos correspondientes se aplican desde el 1 de enero de 2026.
Por: A. Lagar | 11 de marzo de 2026
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles la Resolución de 25 de febrero de 2026, por la que se registran las nuevas retribuciones del sector del auto-taxi. El acuerdo, suscrito por la asociación patronal ANTAXI y los sindicatos CC.OO. y FESM-UGT, adapta los salarios tras constatar que el IPC real de 2025 se situó en un 2,9 %.
Según el texto oficial, el salario mínimo de convenio para 2026 debe ser, al menos, el importe resultante de aplicar a 17.500 euros el IPC real del año anterior, con un límite máximo del 3 %. Al haber sido el indicador del 2,9 %, las tablas salariales de 2026 se actualizan con dicho porcentaje.
Cuantías económicas y tablas salariales para 2026
La normativa establece un salario base mínimo anual (S.B.M.A.) común de 18.008 euros, sobre el cual se aplican diferentes porcentajes de incremento en función de la categoría profesional.
| Grupos/categorías | Salario base mínimo anual | Incremento | Total S.B.M.A |
| Grupo I. Personal de conducción | |||
| Conductor/a | 18.008 | – | 18.008 |
| Conductor/a especializado/a | 20.066 | – | 20.066 |
| Grupo II. Personal de administración | |||
| Jefe/a de Administración | 18.008 | 60 % | 28.813 |
| Oficial contable | 18.008 | 40 % | 25.211 |
| Oficial Administrativo/a | 18.008 | 25 % | 22.510 |
| Auxiliar Administrativo/a | 18.008 | – | 18.008 |
| Conserje | 18.008 | – | 18.008 |
| Grupo III. Personal de emisoras | |||
| Oficial Teleoperador/a | 18.008 | 25 % | 22.510 |
| Oficial Radio Telefonista | 18.008 | 15 % | 20.709 |
| Auxiliar Teleoperador/a | 18.008 | – | 18.008 |
| Auxiliar Radio Telefonista | 18.008 | – | 18.008 |
| Grupo IV. Personal de talleres | |||
| Oficial de taller mecánico | 18.008 | 30 % | 23.410 |
| Oficial Técnico de Electricidad y taxímetro | 18.008 | 30 % | 23.410 |
| Ayudante | 18.008 | 10 % | 19.809 |
| Personal subalterno | 18.008 | – | 18.008 |
Complementos y dietas actualizados
Además del salario base, la resolución detalla las cuantías para otros conceptos económicos durante el ejercicio 2026:
- Plus Festivos: 34 euros.
- Ayuda Escolar por hijo/a (anual): 135 euros.
- Dietas comida fuera localidad: 20 euros.
- Dieta completa con pernoctación: 75 euros.
- Antigüedad: 10 % del salario base por quinquenios.
- Nocturnidad (22:00 a 6:00): 25 % del salario base.
- Hora extraordinaria: 150 % del valor de la hora ordinaria.
Colectivos afectados y plazos de abono
La norma es de aplicación para todo el personal encuadrado en los grupos de conducción, administración, emisoras y talleres bajo el IX Convenio colectivo nacional del sector de Auto-Taxi.
En cuanto a los efectos económicos, los atrasos devengados desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de aplicación de estas tablas deberán ser abonados en la nómina del mes siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado. Para los próximos ejercicios, el convenio ya prevé que el incremento salarial de 2027 también se regirá por el IPC real del año anterior con un tope del 3 %.
REFERENCIA NORMATIVA. Resolución de 25 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo por el que se aprueban las tablas salariales para el año 2026 del Convenio colectivo nacional para el sector de Auto-Taxis (BOE número 62, referencia BOE-A-2026-5690).