Imagen de recurso: El sector audiovisual contará con nuevos recursos financieros tras el acuerdo entre el ICO y RTVE.
El Instituto de Crédito Oficial (ICO) y la Corporación de Radio y Televisión Española (RTVE) han suscrito un convenio para implementar una línea de financiación destinada a la producción de contenidos audiovisuales. El acuerdo, publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece un fondo de 200 millones de euros para productores españoles, orientado al fomento de largometrajes, series y formatos innovadores.
Por: A. Lagar | Fecha: 2 de febrero de 2026.
Instrumentación y objetivos del acuerdo
El convenio, firmado el pasado 20 de enero por Manuel Illueca Muñoz, presidente del ICO, y José Pablo López Sánchez, presidente de RTVE, establece el marco operativo para la concesión de créditos a productoras audiovisuales españolas. Esta iniciativa se enmarca en el Plan de Impulso al Sector Audiovisual («Spain Audiovisual Hub») y en el Plan Estratégico del ICO 2022-2027, que incluye la mejora de los instrumentos financieros para pymes del sector.
El objeto principal es financiar la producción de largometrajes y cortometrajes cinematográficos, películas y series para televisión, documentales, series de animación, webseries y otros formatos experimentales. El convenio especifica que también se financiarán obras audiovisuales europeas de especial valor creativo, social o patrimonial, siempre que RTVE contribuya a su financiación anticipada bajo la Ley 13/2022 General de Comunicación Audiovisual. Quedan excluidas de esta línea de financiación las actividades relacionadas con el juego.
Condiciones financieras y cuantías económicas
El ICO pondrá a disposición de los productores un importe máximo total de 200 millones de euros. Según las cláusulas técnicas del anexo, las condiciones de los préstamos individuales se estructuran de la siguiente manera:
- Importe financiable: Hasta el 100 % del precio pactado por RTVE por los derechos adquiridos, más hasta el 80 % del IVA o impuesto equivalente.
- Tipo de interés: Se aplicará el Euribor a seis meses, sumado al diferencial del ICO para préstamos directos y un margen anual mínimo del 1 %. Se contempla la posibilidad de capitalización de intereses.
- Comisiones: Se establece una comisión de apertura mínima del 0,5 % sobre el importe formalizado, pagadera en la primera disposición.
- Plazos y amortización: La amortización se realizará al vencimiento, coincidiendo con la fecha establecida en el contrato de adquisición de derechos de emisión entre RTVE y el productor.
Garantías y requisitos contractuales
La garantía principal para el acceso al crédito será la cesión a favor del ICO de los derechos de cobro derivados del contrato entre el productor y RTVE. No obstante, el convenio exige coberturas adicionales en casos específicos. Si se financia el IVA, se requerirá un aval bancario o de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR). Del mismo modo, la financiación de costes de preproducción (limitada al 50 % del contrato por proyecto) exigirá también un aval bancario o de SGR.
Los productores interesados deberán presentar ante el ICO una documentación exhaustiva que incluye las cuentas anuales auditadas de los últimos tres ejercicios, el presupuesto definitivo de la obra, el plan de financiación desglosado y una póliza combinada de riesgos cinematográficos. Asimismo, los beneficiarios tienen la obligación de incluir el logo del ICO en los créditos de la obra financiada.
Compromisos de RTVE y seguimiento del convenio
RTVE asume la obligación de certificar las producciones financiadas y de informar al ICO sobre los derechos adquiridos durante la vigencia del acuerdo. En caso de retrasos en el estreno comercial o en la entrega de materiales, el convenio prevé la posibilidad de conceder prórrogas. Además, RTVE deberá consensuar con el ICO cualquier modificación en los plazos o importes de los contratos que ya hayan recibido financiación.
Para velar por el cumplimiento de estas disposiciones, se ha creado una Comisión de Seguimiento paritaria, compuesta por dos representantes de cada entidad. Este órgano resolverá las dudas de interpretación y supervisará la ejecución de las operaciones.
El convenio tendrá una vigencia inicial de cuatro años, con la posibilidad de una prórroga por un periodo adicional de otros cuatro años. La eficacia jurídica del acuerdo comienza tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y su posterior publicación oficial.